MTPE NO HIZO NINGUN RECORTE A LA COMPENSACION ECONOMICA DE LOS BENEFICIARIOS DE LA CUARTA LISTA

Publicado el 21/09/2009

Hasta el momento 523 ex trabajadores incluidos en la cuarta lista de ceses colectivos y que optaron por el beneficio de la compensación ecomómica, han recogido sus respectivos cheques, informó la viceministra de Trabajo, Elisabed Zeballos.

La entrega se inició el pasado sábado y continuó hoy domingo desde las 8 y 30 de la mañana hasta la una de la tarde. Mañana lunes 21 continuará la atención en horario de oficina.

Ante el reclamo de dos beneficiarios, quienes señalaron que la suma que figura en sus cheques no corresponde a lo que ellos habían calculado, la viceministra Zeballos explicó que el pago del beneficio de la compensación económica se efectúa conforme lo señala el artículo 16º de la Ley Nº 27803.

“La norma dice claramente que el monto será equivalente a dos remuneraciones mínimas vigentes a la fecha de publicación de esa ley, por cada año de trabajo acreditado hasta un máximo de 15 años. La remuneración mínima vital vigente al año 2002, año de expedición de la referida norma era de S/. 410.00, por ello los montos de pago son de S/.
820.00 por cada año de trabajo acreditado con un máximo de S/.
12,300.00”, sostuvo.

Señaló que el Tribunal Constitucional declaró en noviembre pasado inconstitucional el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nª 026-2009, que señalaba que el beneficio de la compensación económica del cuarto listado se pagaría de acuerdo a la remuneración mínima vital vigente (S/. 550.00), con un mínimo de S/. 1,100.00 y un máximo de S/. 16,500.00 y además ordenó que para esta lista se aplique la ley Nº 27803.

“El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, está en la obligación de respetar el orden jurídico nacional, aplicando solo las normas vigentes, por lo que al programar y efectuar el referido pago se ha actuado de acuerdo a lo que ordenó el Tribunal Constitucional que era calcular los pagos con los que establecía la ley anterior”, precisó la viceministra.

Por lo tanto, concluyó, el MTPE no ha recortado el monto que corresponde a cada beneficiario ni ha realizado descuentos de ninguna naturaleza.

Fuente:
OFICINA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS DEL MTPE
330-6000 / 630-6030 / 630-6060 anexos 6018, 6033 y 6043

MTPE NO HIZO NINGUN RECORTE A LA COMPENSACION ECONOMICA DE LOS BENEFICIARIOS DE LA CUARTA LISTA

Publicado el 21/09/2009

Hasta el momento 523 ex trabajadores incluidos en la cuarta lista de ceses colectivos y que optaron por el beneficio de la compensación ecomómica, han recogido sus respectivos cheques, informó la viceministra de Trabajo, Elisabed Zeballos.

La entrega se inició el pasado sábado y continuó hoy domingo desde las 8 y 30 de la mañana hasta la una de la tarde. Mañana lunes 21 continuará la atención en horario de oficina.

Ante el reclamo de dos beneficiarios, quienes señalaron que la suma que figura en sus cheques no corresponde a lo que ellos habían calculado, la viceministra Zeballos explicó que el pago del beneficio de la compensación económica se efectúa conforme lo señala el artículo 16º de la Ley Nº 27803.

“La norma dice claramente que el monto será equivalente a dos remuneraciones mínimas vigentes a la fecha de publicación de esa ley, por cada año de trabajo acreditado hasta un máximo de 15 años. La remuneración mínima vital vigente al año 2002, año de expedición de la referida norma era de S/. 410.00, por ello los montos de pago son de S/.
820.00 por cada año de trabajo acreditado con un máximo de S/.
12,300.00”, sostuvo.

Señaló que el Tribunal Constitucional declaró en noviembre pasado inconstitucional el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nª 026-2009, que señalaba que el beneficio de la compensación económica del cuarto listado se pagaría de acuerdo a la remuneración mínima vital vigente (S/. 550.00), con un mínimo de S/. 1,100.00 y un máximo de S/. 16,500.00 y además ordenó que para esta lista se aplique la ley Nº 27803.

“El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, está en la obligación de respetar el orden jurídico nacional, aplicando solo las normas vigentes, por lo que al programar y efectuar el referido pago se ha actuado de acuerdo a lo que ordenó el Tribunal Constitucional que era calcular los pagos con los que establecía la ley anterior”, precisó la viceministra.

Por lo tanto, concluyó, el MTPE no ha recortado el monto que corresponde a cada beneficiario ni ha realizado descuentos de ninguna naturaleza.

Fuente:
OFICINA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS DEL MTPE
330-6000 / 630-6030 / 630-6060 anexos 6018, 6033 y 6043