EMPRESAS E INSTITUCIONES DEBEN IMPLEMETAR COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

28 de Abril Día la Seguridad y Salud en el Trabajo

En el Marco de Celebración del Día Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo que se conmemora el 28 de Abril. La Gerencia Regional de Trabajo invoca a las empresas, instituciones públicas y privadas a la práctica de la normas de Seguridad y Salud en sus centros de labores; según lo establece la Ley 29783.

Las empresas e instituciones están obligadas a conformar sus Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo; dicho comité verificará y aplicará las acciones pertinentes para prevenir incidentes peligrosos, enfermedades profesionales, sistema de accidentes de trabajo y reporte estadístico de los mismos. Los Sindicatos de Trabajadores cumplen un papel importante al ser parte de los miembros del Comité de SST, por lo que ellos pueden solicitar a la empresa o institución se convoque al proceso de conformación del comité.

Es común percibir el desconocimiento de los empleadores respecto a la importancia y los beneficios que genera la implementación de todo un Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo; estas acciones conllevarán a disminuir el número de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y por ende los gastos que estos incurren, además de las horas de trabajo perdidas, etc.

La Gerencia Regional de Trabajo tiene como uno de sus objetivos el informar y crear conciencia sobre el cumplimiento de las normas laborales como la aplicación del reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, prevenir accidentes que atenten contra los trabajadores. Por esta razón se ha programado el operativo de verificación a empresas e instituciones quienes tienen la obligación de conformar sus Comité de SST.

EMPRESAS E INSTITUCIONES DEBEN IMPLEMETAR COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

28 de Abril Día la Seguridad y Salud en el Trabajo

En el Marco de Celebración del Día Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo que se conmemora el 28 de Abril. La Gerencia Regional de Trabajo invoca a las empresas, instituciones públicas y privadas a la práctica de la normas de Seguridad y Salud en sus centros de labores; según lo establece la Ley 29783.

Las empresas e instituciones están obligadas a conformar sus Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo; dicho comité verificará y aplicará las acciones pertinentes para prevenir incidentes peligrosos, enfermedades profesionales, sistema de accidentes de trabajo y reporte estadístico de los mismos. Los Sindicatos de Trabajadores cumplen un papel importante al ser parte de los miembros del Comité de SST, por lo que ellos pueden solicitar a la empresa o institución se convoque al proceso de conformación del comité.

Es común percibir el desconocimiento de los empleadores respecto a la importancia y los beneficios que genera la implementación de todo un Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo; estas acciones conllevarán a disminuir el número de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y por ende los gastos que estos incurren, además de las horas de trabajo perdidas, etc.

La Gerencia Regional de Trabajo tiene como uno de sus objetivos el informar y crear conciencia sobre el cumplimiento de las normas laborales como la aplicación del reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, prevenir accidentes que atenten contra los trabajadores. Por esta razón se ha programado el operativo de verificación a empresas e instituciones quienes tienen la obligación de conformar sus Comité de SST.