TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ IMPROCEDENTE RECLAMO DE SOBRECOSTOS DE OBRA PRESENTADO POR ODEBRECHT CONTRA EL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

Ante los reclamos de la Concesionaria Trasvase Olmos S.A, presentado en el año 2010, para el reconocimiento de perjuicio económico financiero y pago de mayores costos de obra durante la excavación del Túnel Trasandino, el Gobierno Regional de Lambayeque, en el mes de setiembre del 2011, mediante firma del Acta de Trato Directo y una Transacción Extrajudicial pactó de común acuerdo con la Concesionaria, que el perjuicio económico y los sobrecostos de obra serían determinados por Expertos de primer nivel, quienes a su vez determinaron el reconocimiento de US$ 43?642,000.00 por perjuicio económico financiero, impidiendo la ampliación de la vigencia de la concesión y el pago de solo US$ 5´684,000.00 por sobrecostos de obra; acciones que contaron con el acompañamiento y aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas, y puestas en conocimiento de la Contraloría General de la República.

Sin embargo y como lo explicar en conferencia de prensa el Gerente General del Proyecto Especial Olmos Tinajones , Ing. Juan Saavedra Jiménez, a pesar de que el Gobierno Regional de Lambayeque así como la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A., acordaron someterse a la decisión del Experto Ing. Jorge Alva Hurtado para la determinación de los sobrecostos de Obra en el Túnel Trasandino, ésta última en abierto desconocimiento de su compromiso, interpuso recurso de Anulación de Laudo Pericial ante la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de Lima, la misma que para satisfacción del pueblo lambayecano y peruano, se encontraba integrada por magistrados probos e incorruptibles, quienes en estricto cumplimiento de las normas legales que Odebrecht pretendía desconocer, declaró: INFUNDADA LA DEMANDA DE ANULACIÓN DE LAUDO PERICIAL formulada por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A.; y en consecuencia declararon: VÁLIDOS los informes periciales denominados Informe Primer Grupo de Eventos e Informe Segundo Grupo de Eventos, emitidos por el Dr. Ing. Jorge Elías Alva Hurtado, ratificándose judicialmente con ello, que los sobrecostos de obra que les correspondía era únicamente la suma de US$. 5?092,258.00 D.A. y no los US$74 millones que ilegalmente pretendía la Concesionaria.
Asimismo, el titular del PEOT señaló que en un afán desmedido e ilegal de obtener mayores sobrecostos de obra, la empresa Concesionaria del grupo Odebrecht, cuestionó la decisión de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de Lima a través de una demanda constitucional de Acción de Amparo, la misma que actualmente ha sido desestimada por parte del Tribunal Constitucional a través de la Resolución de fecha 05 de enero del 2017 recaída en el Exp. N° 02262-2016-PA/TC, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE la Acción de Amparo, que vía recurso de agravio constitucional presentaron los apoderados de la Concesionaria, con lo cual se ratifica la validez de la Sentencia de la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de Limay por tanto se confirma el Informe del Experto, Dr. Jorge Alva Hurtado, actual Decano del Colegio de Ingenieros del Perú y Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería; ratificándose con ello que el Gobierno Regional de Lambayeque es la única institución pública que se enfrentó abiertamente a la empresa Odebrecht obteniendo resultados muy favorables para el pueblo lambayecano y para el pueblo peruano en general.

El Asesor Legal del PEOT, Dr. Ricardo Quijano Chávez, precisó que con el fallo del Tribunal Constitucional, como máxima instancia de cuestionamientos constitucionales, queda zanjado el tema del reclamo de sobrecostos presentado por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos del Grupo Odebrecht, contra el Gobierno Regional de Lambayeque, dijo que el fallo del Tribunal no podría ser cuestionado en ningún otro fuero.

?Todas las acciones adoptadas por el Gobierno Regional de Lambayeque al mando del Gobernador Humberto Acuña Peralta y el equipo Técnico ?Legal del PEOT, impidieron la caducidad de la concesión, la ampliación de la vigencia de la misma, el pago de mayores costos futuros, y contribuyeron al restablecimiento del equilibrio económico financiero establecido en el contrato de concesión, el reinicio inmediato de las labores en el Túnel Trasandino (ruta crítica del Proyecto Olmos) y la promoción de la inversión para la subasta de tierras de la concesión de irrigación. Adicionalmente, se logró que la Concesionaria Trasvase Olmos iniciara la excavación convencional del Túnel Trasandino por el Frente Oriental, lo cual no fue parte de su propuesta inicial y que permitió acortar el plazo para la culminación de las Obras de Trasvase?, manifestó el gerente del PEOT, Ing. Juan Saavedra.

Finalmente, dijo que la prioridad del Gobierno Regional de Lambayeque será siempre defender los intereses de la región, por ello, junto al equipo de especialistas del Proyecto Especial Olmos Tinajones (Supervisor de las Concesiones), se mantendrán vigilantes de las labores de Operación y Mantenimiento de los componentes de Trasvase e Irrigación del Proyecto Olmos que ejercen la Concesionaria Trasvase Olmos y H2Olmos.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ IMPROCEDENTE RECLAMO DE SOBRECOSTOS DE OBRA PRESENTADO POR ODEBRECHT CONTRA EL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

Ante los reclamos de la Concesionaria Trasvase Olmos S.A, presentado en el año 2010, para el reconocimiento de perjuicio económico financiero y pago de mayores costos de obra durante la excavación del Túnel Trasandino, el Gobierno Regional de Lambayeque, en el mes de setiembre del 2011, mediante firma del Acta de Trato Directo y una Transacción Extrajudicial pactó de común acuerdo con la Concesionaria, que el perjuicio económico y los sobrecostos de obra serían determinados por Expertos de primer nivel, quienes a su vez determinaron el reconocimiento de US$ 43?642,000.00 por perjuicio económico financiero, impidiendo la ampliación de la vigencia de la concesión y el pago de solo US$ 5´684,000.00 por sobrecostos de obra; acciones que contaron con el acompañamiento y aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas, y puestas en conocimiento de la Contraloría General de la República.

Sin embargo y como lo explicar en conferencia de prensa el Gerente General del Proyecto Especial Olmos Tinajones , Ing. Juan Saavedra Jiménez, a pesar de que el Gobierno Regional de Lambayeque así como la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A., acordaron someterse a la decisión del Experto Ing. Jorge Alva Hurtado para la determinación de los sobrecostos de Obra en el Túnel Trasandino, ésta última en abierto desconocimiento de su compromiso, interpuso recurso de Anulación de Laudo Pericial ante la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de Lima, la misma que para satisfacción del pueblo lambayecano y peruano, se encontraba integrada por magistrados probos e incorruptibles, quienes en estricto cumplimiento de las normas legales que Odebrecht pretendía desconocer, declaró: INFUNDADA LA DEMANDA DE ANULACIÓN DE LAUDO PERICIAL formulada por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A.; y en consecuencia declararon: VÁLIDOS los informes periciales denominados Informe Primer Grupo de Eventos e Informe Segundo Grupo de Eventos, emitidos por el Dr. Ing. Jorge Elías Alva Hurtado, ratificándose judicialmente con ello, que los sobrecostos de obra que les correspondía era únicamente la suma de US$. 5?092,258.00 D.A. y no los US$74 millones que ilegalmente pretendía la Concesionaria.
Asimismo, el titular del PEOT señaló que en un afán desmedido e ilegal de obtener mayores sobrecostos de obra, la empresa Concesionaria del grupo Odebrecht, cuestionó la decisión de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de Lima a través de una demanda constitucional de Acción de Amparo, la misma que actualmente ha sido desestimada por parte del Tribunal Constitucional a través de la Resolución de fecha 05 de enero del 2017 recaída en el Exp. N° 02262-2016-PA/TC, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE la Acción de Amparo, que vía recurso de agravio constitucional presentaron los apoderados de la Concesionaria, con lo cual se ratifica la validez de la Sentencia de la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de Limay por tanto se confirma el Informe del Experto, Dr. Jorge Alva Hurtado, actual Decano del Colegio de Ingenieros del Perú y Rector de la Universidad Nacional de Ingeniería; ratificándose con ello que el Gobierno Regional de Lambayeque es la única institución pública que se enfrentó abiertamente a la empresa Odebrecht obteniendo resultados muy favorables para el pueblo lambayecano y para el pueblo peruano en general.

El Asesor Legal del PEOT, Dr. Ricardo Quijano Chávez, precisó que con el fallo del Tribunal Constitucional, como máxima instancia de cuestionamientos constitucionales, queda zanjado el tema del reclamo de sobrecostos presentado por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos del Grupo Odebrecht, contra el Gobierno Regional de Lambayeque, dijo que el fallo del Tribunal no podría ser cuestionado en ningún otro fuero.

?Todas las acciones adoptadas por el Gobierno Regional de Lambayeque al mando del Gobernador Humberto Acuña Peralta y el equipo Técnico ?Legal del PEOT, impidieron la caducidad de la concesión, la ampliación de la vigencia de la misma, el pago de mayores costos futuros, y contribuyeron al restablecimiento del equilibrio económico financiero establecido en el contrato de concesión, el reinicio inmediato de las labores en el Túnel Trasandino (ruta crítica del Proyecto Olmos) y la promoción de la inversión para la subasta de tierras de la concesión de irrigación. Adicionalmente, se logró que la Concesionaria Trasvase Olmos iniciara la excavación convencional del Túnel Trasandino por el Frente Oriental, lo cual no fue parte de su propuesta inicial y que permitió acortar el plazo para la culminación de las Obras de Trasvase?, manifestó el gerente del PEOT, Ing. Juan Saavedra.

Finalmente, dijo que la prioridad del Gobierno Regional de Lambayeque será siempre defender los intereses de la región, por ello, junto al equipo de especialistas del Proyecto Especial Olmos Tinajones (Supervisor de las Concesiones), se mantendrán vigilantes de las labores de Operación y Mantenimiento de los componentes de Trasvase e Irrigación del Proyecto Olmos que ejercen la Concesionaria Trasvase Olmos y H2Olmos.