CON TRANSPARENCIA Y DE ACUERDO A LO NORMADO POR LA LEY DE CONTRATACIONES GRUPOS ELECTRÓGENOS FUERON ADQUIRIDOS POR PEOT

MEDIANTE PROCESO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ANTE FENÓNENO EL NIÑO

NOTA DE PRENSA EN RESPUESTA A SEMANARIO EL FISCAL

Ante la publicación del Semanario El Fiscal de fecha 7 al 13 de Setiembre 2016, el Proyecto Especial Olmos Tinajones rechaza la calumniosa portada: “Anormal y Millonaria compra de grupos electrógenos en el PEOT bajo la lupa”, y el titular de la nota “Denuncian anomalías en adquisición de grupos electrógenos en el Proyecto Especial Olmos Tinajones”, precisando que los 30 equipos fueron adquiridos a precio real del mercado y bajo el procedimiento especial de contratación regulado por el Decreto de Urgencia 004-2015, para atender las actividades de prevención y respuesta ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño 2015 – 2016.

La adquisición de los 30 grupos electrógenos se realizó por encargo del Gobierno Regional de Lambayeque, quien elaboró el requerimiento y las especificaciones técnicas.

En el caso del Proceso Especial de Contratación N° 5-2015/GR.LAMB.PEOT, para la “adquisición de grupos electrógenos para las actividades de prevención ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño 2015 – 2016”, convocado el 9 de Diciembre del 2015; el ganador de la Buena Pro “GFF KEYPOWER EQUIPMENT S.A.” no cumplió con presentar la carta fianza por garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo indicado para presentación de documentos para la firma del contrato, impidiendo la suscripción del mismo; por lo que el PEOT en cumplimiento de la normativa de contratación estatal, procedió a convocar al Postor que ocupó el segundo lugar para que suscriba el contrato, siendo éste, la empresa PROVEJEC SAC.

Posterior a la suscripción del contrato, con fecha 19 de febrero del presente año, el contratista solicitó la modificación contractual, ofertando la misma cantidad de bienes (30), pero con mejores características técnicas, las mismas que fueron evaluadas y corroboradas por un Ingeniero Especialista del PEOT y ratificadas por el Jefe de la Oficina Ejecutora del COER en su calidad de área usuaria; cumpliendo con lo dispuesto en la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Art. 143 RLCE).

Los bienes ofertados por el nuevo Contratista se encontraban dentro de las características técnicas exigidas en las bases administrativas (motor de 3 ó 4 cilindros), cumpliendo con el requisito exigido por la Ley de Contrataciones del Estado, en la medida que se estaba ofertando bienes de iguales o mejores características y que técnicamente no afectarían las condiciones de confiabilidad del servicio eléctrico que brindarían los grupos electrógenos.

En relación a la “supuesta demora en la recepción de los grupos electrógenos”, debemos aclarar que el contrato no contempla como fecha límite el mes de marzo, como falsamente se informa en la nota; sino un plazo de entrega de 29 días calendario contados a partir de la fecha de entrega de la orden de compra; por lo que el Contratista entregó los bienes el 5 de abril, dentro del plazo contractual concedido, los mismos que fueron entregados al Centro de Operaciones de Emergencia Regional – COER. Pese, a que en el proceso se tuvo que afrontar problemas en el registro de consentimiento de la buena pro en la plataforma SEACE, sumado al tiempo que el nuevo Contratista tuvo para presentar los documentos exigidos para la suscripción del contrato.

De otro lado, denotando un total desconocimiento del tema, el Semanario El Fiscal, publica además un artículo denominado: “Cerca de un centenar de procesos observados por el OSCE existen en varias entidades públicas”, mostrando perjudicialmente dos cuadros donde señalan que el PEOT tiene veinte procesos observados por la OSCE, faltando totalmente a la verdad, por cuanto los Procesos de Adquisiciones del Estado contemplan dentro de su procedimiento normal, una etapa para la formulación de consultas y observaciones de los participantes, las mismas que luego de ser evaluadas en la parte técnica por el área usuaria, han sido absueltas por los respectivos Comités de Selección.

Prueba de que los procesos no han sido observados y en consecuencia anulados por OSCE, es que todos los procesos del PEOT que el Semanario El Fiscal señala como “observados”, han concluido satisfactoriamente con la recepción del producto o servicio requerido, tal como se debe constatar en la hoja resumen que se adjunta de cada Convocatoria, así como el reporte que indica que No tenemos ninguna notificación del año 2015 y en lo que va del 2016, las mismas que están publicadas en la página de SEACE www2.seace.gob.pe

Con lo cual el PEOT aclara categóricamente que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE no ha emitido ninguna acción de supervisión en el contenido de las bases administrativas de los procesos aludidos por el Semanario, demostrando total desconocimiento y su afán de desprestigiar a los profesionales del PEOT, entidad caracterizada por la probidad de su gestión basada en su alta capacidad técnica y moral, y por la transparencia y honestidad de los procesos que efectúa.

Por tanto, basta ya de injurias que pretenden frenar el buen actuar de una entidad que con su diligente gestión y pese a la complejidad de los temas y problemática que tiene que afrontar, consigue logros para la Región y el País, con la consolidación de importantes proyectos generadores de desarrollo.

Por lo expuesto, rechazamos contundentemente estas publicaciones que consideramos difamatorias por no ajustarse a la verdad de los hechos y a la normativa de contratación estatal, al afectar la honorabilidad de los profesionales que han participado tanto en el proceso de selección de adquisición de Grupos Electrógenos y como de los demás procesos aludidos, por lo que exigimos al Semanario El Fiscal, la rectificación en Primera Plana y en el mismo número de páginas, extensión y características a las que publicó sus informes difamatorios.

Proyecto Especial Olmos Tinajones.

Chiclayo, 9 de setiembre del 2016.

CON TRANSPARENCIA Y DE ACUERDO A LO NORMADO POR LA LEY DE CONTRATACIONES GRUPOS ELECTRÓGENOS FUERON ADQUIRIDOS POR PEOT

MEDIANTE PROCESO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ANTE FENÓNENO EL NIÑO

NOTA DE PRENSA EN RESPUESTA A SEMANARIO EL FISCAL

Ante la publicación del Semanario El Fiscal de fecha 7 al 13 de Setiembre 2016, el Proyecto Especial Olmos Tinajones rechaza la calumniosa portada: “Anormal y Millonaria compra de grupos electrógenos en el PEOT bajo la lupa”, y el titular de la nota “Denuncian anomalías en adquisición de grupos electrógenos en el Proyecto Especial Olmos Tinajones”, precisando que los 30 equipos fueron adquiridos a precio real del mercado y bajo el procedimiento especial de contratación regulado por el Decreto de Urgencia 004-2015, para atender las actividades de prevención y respuesta ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño 2015 – 2016.

La adquisición de los 30 grupos electrógenos se realizó por encargo del Gobierno Regional de Lambayeque, quien elaboró el requerimiento y las especificaciones técnicas.

En el caso del Proceso Especial de Contratación N° 5-2015/GR.LAMB.PEOT, para la “adquisición de grupos electrógenos para las actividades de prevención ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño 2015 – 2016”, convocado el 9 de Diciembre del 2015; el ganador de la Buena Pro “GFF KEYPOWER EQUIPMENT S.A.” no cumplió con presentar la carta fianza por garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo indicado para presentación de documentos para la firma del contrato, impidiendo la suscripción del mismo; por lo que el PEOT en cumplimiento de la normativa de contratación estatal, procedió a convocar al Postor que ocupó el segundo lugar para que suscriba el contrato, siendo éste, la empresa PROVEJEC SAC.

Posterior a la suscripción del contrato, con fecha 19 de febrero del presente año, el contratista solicitó la modificación contractual, ofertando la misma cantidad de bienes (30), pero con mejores características técnicas, las mismas que fueron evaluadas y corroboradas por un Ingeniero Especialista del PEOT y ratificadas por el Jefe de la Oficina Ejecutora del COER en su calidad de área usuaria; cumpliendo con lo dispuesto en la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Art. 143 RLCE).

Los bienes ofertados por el nuevo Contratista se encontraban dentro de las características técnicas exigidas en las bases administrativas (motor de 3 ó 4 cilindros), cumpliendo con el requisito exigido por la Ley de Contrataciones del Estado, en la medida que se estaba ofertando bienes de iguales o mejores características y que técnicamente no afectarían las condiciones de confiabilidad del servicio eléctrico que brindarían los grupos electrógenos.

En relación a la “supuesta demora en la recepción de los grupos electrógenos”, debemos aclarar que el contrato no contempla como fecha límite el mes de marzo, como falsamente se informa en la nota; sino un plazo de entrega de 29 días calendario contados a partir de la fecha de entrega de la orden de compra; por lo que el Contratista entregó los bienes el 5 de abril, dentro del plazo contractual concedido, los mismos que fueron entregados al Centro de Operaciones de Emergencia Regional – COER. Pese, a que en el proceso se tuvo que afrontar problemas en el registro de consentimiento de la buena pro en la plataforma SEACE, sumado al tiempo que el nuevo Contratista tuvo para presentar los documentos exigidos para la suscripción del contrato.

De otro lado, denotando un total desconocimiento del tema, el Semanario El Fiscal, publica además un artículo denominado: “Cerca de un centenar de procesos observados por el OSCE existen en varias entidades públicas”, mostrando perjudicialmente dos cuadros donde señalan que el PEOT tiene veinte procesos observados por la OSCE, faltando totalmente a la verdad, por cuanto los Procesos de Adquisiciones del Estado contemplan dentro de su procedimiento normal, una etapa para la formulación de consultas y observaciones de los participantes, las mismas que luego de ser evaluadas en la parte técnica por el área usuaria, han sido absueltas por los respectivos Comités de Selección.

Prueba de que los procesos no han sido observados y en consecuencia anulados por OSCE, es que todos los procesos del PEOT que el Semanario El Fiscal señala como “observados”, han concluido satisfactoriamente con la recepción del producto o servicio requerido, tal como se debe constatar en la hoja resumen que se adjunta de cada Convocatoria, así como el reporte que indica que No tenemos ninguna notificación del año 2015 y en lo que va del 2016, las mismas que están publicadas en la página de SEACE www2.seace.gob.pe

Con lo cual el PEOT aclara categóricamente que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE no ha emitido ninguna acción de supervisión en el contenido de las bases administrativas de los procesos aludidos por el Semanario, demostrando total desconocimiento y su afán de desprestigiar a los profesionales del PEOT, entidad caracterizada por la probidad de su gestión basada en su alta capacidad técnica y moral, y por la transparencia y honestidad de los procesos que efectúa.

Por tanto, basta ya de injurias que pretenden frenar el buen actuar de una entidad que con su diligente gestión y pese a la complejidad de los temas y problemática que tiene que afrontar, consigue logros para la Región y el País, con la consolidación de importantes proyectos generadores de desarrollo.

Por lo expuesto, rechazamos contundentemente estas publicaciones que consideramos difamatorias por no ajustarse a la verdad de los hechos y a la normativa de contratación estatal, al afectar la honorabilidad de los profesionales que han participado tanto en el proceso de selección de adquisición de Grupos Electrógenos y como de los demás procesos aludidos, por lo que exigimos al Semanario El Fiscal, la rectificación en Primera Plana y en el mismo número de páginas, extensión y características a las que publicó sus informes difamatorios.

Proyecto Especial Olmos Tinajones.

Chiclayo, 9 de setiembre del 2016.