PRONUNCIAMIENTO DE GRL SOBRE IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA QUE FAVORECERÍA A ODEBRECHT

AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
AL PODER JUDICIAL
AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL
SE LLEVÓ A CABO VISTA DE CAUSA QUE RESOLVERÁ IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA QUE FAVORECE A LA EMPRESA ODEBRECHT

Como es de conocimiento público, el Gobierno Regional de Lambayeque y la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. (del grupo Odebrecht), arribaron a un acuerdo para solucionar la controversia suscitada por el reclamo de mayores sobrecostos en las Obras de perforación del Túnel Trasandino del Proyecto Olmos por eventos naturales, suscribiéndose para tal efecto, el 16 de setiembre del año 2011, un Acta de Trato Directo y una Transacción Extrajudicial en la que se pactó de común acuerdo que los sobrecostos de obra serían determinados por el Experto Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado, a través de un Informe Pericial, el mismo que sería aceptado por las partes renunciando a toda posibilidad de impugnarlo o cuestionarlo por cualquier medio.

Los Informes Periciales del Experto Dr. Ing. Jorge Alva (considerados como Laudo Pericial), determinaron que los sobrecostos de obra en el Túnel Trasandino del Proyecto Olmos, ascendían a la suma de US$. 5’092,258.00 y no a US$. 73´295,061.54 solicitada por la empresa del grupo Odebrecht; suma de dinero que a la fecha ya ha sido debidamente cancelada por el Estado peruano.

A pesar de que el Gobierno Regional de Lambayeque así como la citada empresa Concesionaria, acordaron someterse a la decisión del Experto, ésta última en abierto desconocimiento de su compromiso, interpuso recurso de Anulación de Laudo Pericial ante la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, la misma que para satisfacción del pueblo lambayecano y peruano, se encontraba integrada por magistrados probos e incorruptibles (Dr. Wong Abad, Dr. Rossell Mercado y Dr. Hurtado Reyes), quienes en estricto cumplimiento de las normas legales que Odebrecht pretendía desconocer, declaró: INFUNDADA LA DEMANDA DE ANULACIÓN DE LAUDO PERICIAL formulada por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A.; y en consecuencia declararon: VÁLIDOS los informes periciales denominados Informe Primer Grupo de Eventos e Informe Segundo Grupo de Eventos, emitidos por el Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado, ratificándose judicialmente con ello, que los sobrecostos de obra que les correspondía era únicamente la suma de US$. 5’092,258.00 D.A.

No obstante ello, y en el desmedido e ilegal afán de obtener mayores sobrecostos de obra, la empresa Concesionaria del grupo Odebrecht, cuestionó la decisión de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima a través de una demanda constitucional de Acción de Amparo tramitada ante el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, proceso en el cual el magistrado David Suárez Burgos, emitió una preocupante, deleznable y cuestionada sentencia de primera instancia, declarando: FUNDADA la demanda de Amparo y en consecuencia NULA la resolución de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró VÁLIDOS los Informes Periciales del Experto Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado; favoreciéndose de esta manera a la empresa Odebrecht, pues de quedar firme la ilegal sentencia referida, serían otros magistrados quienes resuelvan la demanda de anulación de Laudo Pericial, pues la Sala Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Lima actualmente tiene otra composición.

El Gobierno Regional de Lambayeque, a través de su Procurador Público Regional ha interpuesto el respectivo recurso de apelación contra la sentencia del magistrado Suárez Burgos, estando pendiente de resolverse ante la Segunda Sala Civil del Lima, instancia superior donde se ha producido DISCORDIA ya que los probos y valientes magistrados Dr. Tapia Gonzáles y Dra. Martínez Maraví, han opinado que se REVOQUE la citada sentencia y reformándola se declare INFUNDADA la demanda de Amparo; ante lo cual se llamó a una cuarta magistrada la Dra. Ángela Salazar Ventura, de quien el pueblo lambayecano y peruano esperan que esté a la altura de la gran responsabilidad encomendada, confiando además en sus altos valores éticos y morales que la mantendrán imparcial, independiente e incorruptible, lo que estamos seguros le permitirán además emitir un fallo coincidente con la mayoría de los magistrados de la Segunda Sala Civil de Lima. La citada magistrada en la Audiencia de Vista de Cusa llevada a cabo este vienes 25 de setiembre del 2015, escuchó atentamente los sólidos y contundentes argumentos de defensa del Gobierno Regional de Lambayeque ante lo cual estamos seguros no tendrá otra alternativa que sumarse y adherirse al Voto en Mayoría de los Vocales Dr. Tapia Gonzáles y Dra. Martínez Maraví .

Por tanto, el Gobierno Regional de Lambayeque, preocupado por el respeto de las normas legales vigentes y celoso guardián de los fondos públicos de todos los peruanos, insta a las instituciones competentes a mantenerse alertas ante la decisión que emita la Segunda Sala Civil de la Corte Superior, luego de realizada la Audiencia de Vista de Causa Lima este viernes 25 de los corrientes; haciendo un llamado al Presidente Constitucional de la República, al Presidente del Congreso de la República, al Presidente del Poder Judicial de Lima, al Órgano de Control de la Magistratura de la Corte Suprema de Lima, al Consejo Nacional de la Magistratura, a los Colegios Profesionales y al pueblo peruano en general, para hacer votos porque se mantenga la imparcialidad e independencia del Poder Judicial en aras de recuperar la buena imagen que siempre debió tener.

Ing. Humberto Acuña Peralta
Gobernador Regional
Gobierno Regional de Lambayeque

PRONUNCIAMIENTO DE GRL SOBRE IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA QUE FAVORECERÍA A ODEBRECHT

AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
AL PODER JUDICIAL
AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL
SE LLEVÓ A CABO VISTA DE CAUSA QUE RESOLVERÁ IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA QUE FAVORECE A LA EMPRESA ODEBRECHT

Como es de conocimiento público, el Gobierno Regional de Lambayeque y la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. (del grupo Odebrecht), arribaron a un acuerdo para solucionar la controversia suscitada por el reclamo de mayores sobrecostos en las Obras de perforación del Túnel Trasandino del Proyecto Olmos por eventos naturales, suscribiéndose para tal efecto, el 16 de setiembre del año 2011, un Acta de Trato Directo y una Transacción Extrajudicial en la que se pactó de común acuerdo que los sobrecostos de obra serían determinados por el Experto Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado, a través de un Informe Pericial, el mismo que sería aceptado por las partes renunciando a toda posibilidad de impugnarlo o cuestionarlo por cualquier medio.

Los Informes Periciales del Experto Dr. Ing. Jorge Alva (considerados como Laudo Pericial), determinaron que los sobrecostos de obra en el Túnel Trasandino del Proyecto Olmos, ascendían a la suma de US$. 5’092,258.00 y no a US$. 73´295,061.54 solicitada por la empresa del grupo Odebrecht; suma de dinero que a la fecha ya ha sido debidamente cancelada por el Estado peruano.

A pesar de que el Gobierno Regional de Lambayeque así como la citada empresa Concesionaria, acordaron someterse a la decisión del Experto, ésta última en abierto desconocimiento de su compromiso, interpuso recurso de Anulación de Laudo Pericial ante la Primera Sala Sub Especializada en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, la misma que para satisfacción del pueblo lambayecano y peruano, se encontraba integrada por magistrados probos e incorruptibles (Dr. Wong Abad, Dr. Rossell Mercado y Dr. Hurtado Reyes), quienes en estricto cumplimiento de las normas legales que Odebrecht pretendía desconocer, declaró: INFUNDADA LA DEMANDA DE ANULACIÓN DE LAUDO PERICIAL formulada por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A.; y en consecuencia declararon: VÁLIDOS los informes periciales denominados Informe Primer Grupo de Eventos e Informe Segundo Grupo de Eventos, emitidos por el Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado, ratificándose judicialmente con ello, que los sobrecostos de obra que les correspondía era únicamente la suma de US$. 5’092,258.00 D.A.

No obstante ello, y en el desmedido e ilegal afán de obtener mayores sobrecostos de obra, la empresa Concesionaria del grupo Odebrecht, cuestionó la decisión de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima a través de una demanda constitucional de Acción de Amparo tramitada ante el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, proceso en el cual el magistrado David Suárez Burgos, emitió una preocupante, deleznable y cuestionada sentencia de primera instancia, declarando: FUNDADA la demanda de Amparo y en consecuencia NULA la resolución de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima que declaró VÁLIDOS los Informes Periciales del Experto Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado; favoreciéndose de esta manera a la empresa Odebrecht, pues de quedar firme la ilegal sentencia referida, serían otros magistrados quienes resuelvan la demanda de anulación de Laudo Pericial, pues la Sala Sub Especializada Comercial de la Corte Superior de Lima actualmente tiene otra composición.

El Gobierno Regional de Lambayeque, a través de su Procurador Público Regional ha interpuesto el respectivo recurso de apelación contra la sentencia del magistrado Suárez Burgos, estando pendiente de resolverse ante la Segunda Sala Civil del Lima, instancia superior donde se ha producido DISCORDIA ya que los probos y valientes magistrados Dr. Tapia Gonzáles y Dra. Martínez Maraví, han opinado que se REVOQUE la citada sentencia y reformándola se declare INFUNDADA la demanda de Amparo; ante lo cual se llamó a una cuarta magistrada la Dra. Ángela Salazar Ventura, de quien el pueblo lambayecano y peruano esperan que esté a la altura de la gran responsabilidad encomendada, confiando además en sus altos valores éticos y morales que la mantendrán imparcial, independiente e incorruptible, lo que estamos seguros le permitirán además emitir un fallo coincidente con la mayoría de los magistrados de la Segunda Sala Civil de Lima. La citada magistrada en la Audiencia de Vista de Cusa llevada a cabo este vienes 25 de setiembre del 2015, escuchó atentamente los sólidos y contundentes argumentos de defensa del Gobierno Regional de Lambayeque ante lo cual estamos seguros no tendrá otra alternativa que sumarse y adherirse al Voto en Mayoría de los Vocales Dr. Tapia Gonzáles y Dra. Martínez Maraví .

Por tanto, el Gobierno Regional de Lambayeque, preocupado por el respeto de las normas legales vigentes y celoso guardián de los fondos públicos de todos los peruanos, insta a las instituciones competentes a mantenerse alertas ante la decisión que emita la Segunda Sala Civil de la Corte Superior, luego de realizada la Audiencia de Vista de Causa Lima este viernes 25 de los corrientes; haciendo un llamado al Presidente Constitucional de la República, al Presidente del Congreso de la República, al Presidente del Poder Judicial de Lima, al Órgano de Control de la Magistratura de la Corte Suprema de Lima, al Consejo Nacional de la Magistratura, a los Colegios Profesionales y al pueblo peruano en general, para hacer votos porque se mantenga la imparcialidad e independencia del Poder Judicial en aras de recuperar la buena imagen que siempre debió tener.

Ing. Humberto Acuña Peralta
Gobernador Regional
Gobierno Regional de Lambayeque