ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS DEBERÁN EMPADRONARSE PARA NO SER SANCIONADOS

La Gerencia Regional de Salud Lambayeque, que jefatura el Dr. Víctor Hugo Torres Anaya, viene comunicando a los propietarios y responsables de todas las droguerías, farmacias y boticas, que tienen hasta el 6 febrero del presente año para cumplir con el proceso de empadronamiento; de acuerdo al Decreto Supremo 033-2014 S.A.; de lo contrario serán sancionados.

Al respecto, el responsable de estos establecimientos farmacéuticos públicos y privados, realizarán dicho empadronamiento utilizando cualquier de los dos correos electrónicos proporcionados por la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID), del Ministerio de Salud, que son: empadronamiento@digemid.minsa.gob.pe y empadronamientodigemid@gmail.com.

Cabe indicar, que en nuestra región, son un promedio de 858 de dichos establecimientos distribuidos en las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe, que deberán empadronarse y para ello, deben contar con la autorización sanitaria de funcionamiento o estar registrados ante la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarias (ANM) o su equivalente en su jurisdicción.

A través de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos Insumos y Drogas (DEMID), de la GERESA Lambayeque, los profesionales del área de fiscalización, control y vigilancia sanitaria, están visitando los mencionados establecimientos, invocándoles a los responsables para que se empadronen, y cumplan con el Decreto Supremo establecido por el Ministerio de Salud, se informó.

ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS DEBERÁN EMPADRONARSE PARA NO SER SANCIONADOS

La Gerencia Regional de Salud Lambayeque, que jefatura el Dr. Víctor Hugo Torres Anaya, viene comunicando a los propietarios y responsables de todas las droguerías, farmacias y boticas, que tienen hasta el 6 febrero del presente año para cumplir con el proceso de empadronamiento; de acuerdo al Decreto Supremo 033-2014 S.A.; de lo contrario serán sancionados.

Al respecto, el responsable de estos establecimientos farmacéuticos públicos y privados, realizarán dicho empadronamiento utilizando cualquier de los dos correos electrónicos proporcionados por la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID), del Ministerio de Salud, que son: empadronamiento@digemid.minsa.gob.pe y empadronamientodigemid@gmail.com.

Cabe indicar, que en nuestra región, son un promedio de 858 de dichos establecimientos distribuidos en las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe, que deberán empadronarse y para ello, deben contar con la autorización sanitaria de funcionamiento o estar registrados ante la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarias (ANM) o su equivalente en su jurisdicción.

A través de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos Insumos y Drogas (DEMID), de la GERESA Lambayeque, los profesionales del área de fiscalización, control y vigilancia sanitaria, están visitando los mencionados establecimientos, invocándoles a los responsables para que se empadronen, y cumplan con el Decreto Supremo establecido por el Ministerio de Salud, se informó.