GERENCIA DE TRABAJO SANCIONA CON 200 UIT A EMPRESA POR TRABAJO INFANTIL EN FUNDOS DE OLMOS

En el operativo realizado el pasado mes de Enero a raíz de una denuncia periodística que hacía referencia el Trabajo de Menores en el Distrito de Olmos; la Gerencia Regional de Trabajo en conjunto con el Ministerio Público y la Policía Nacional acudieron a los Fundos “La Ponderosa” y “San Antonio” que la empresa CAPSICUM ANDINO SAC alquila en el distrito en mención.

En el momento de la inspección no encontraron a menores, pero si existía una denuncia en el Ministerio Público en la cual se tenían las declaraciones de 21 menores cuyas edades oscilan entre los 10 y 17 años; que afirmaban prestar labores en dichos fundos dedicados a la siembra de ají.

El Gerente Regional de Trabajo, Abog. Omar Effio Arroyo, manifestó que estas actividades son Labores Agrícolas No Industriales, y que los que menores de 15 años pueden realizar dicha labor pero con la autorización respectiva de la Gerencia de Trabajo luego de presentar los requisitos que exige la Ley. De los menores encontrados que si cumplían con la edad no contaban con dicha autorización, además de haber menores de 14 que la Ley no permite de ninguna manera el Trabajo Infantil. Por lo que la Gerencia Regional de Trabajo ha considerado como Infracción Insubsanable MUY GRAVE la desarrollada por la empresa CAPSICUM ANDINO SAC. Imponiéndole una multa de 200 UIT equivalente a 790,000.000 soles por dicha infracción.

GERENCIA DE TRABAJO SANCIONA CON 200 UIT A EMPRESA POR TRABAJO INFANTIL EN FUNDOS DE OLMOS

En el operativo realizado el pasado mes de Enero a raíz de una denuncia periodística que hacía referencia el Trabajo de Menores en el Distrito de Olmos; la Gerencia Regional de Trabajo en conjunto con el Ministerio Público y la Policía Nacional acudieron a los Fundos “La Ponderosa” y “San Antonio” que la empresa CAPSICUM ANDINO SAC alquila en el distrito en mención.

En el momento de la inspección no encontraron a menores, pero si existía una denuncia en el Ministerio Público en la cual se tenían las declaraciones de 21 menores cuyas edades oscilan entre los 10 y 17 años; que afirmaban prestar labores en dichos fundos dedicados a la siembra de ají.

El Gerente Regional de Trabajo, Abog. Omar Effio Arroyo, manifestó que estas actividades son Labores Agrícolas No Industriales, y que los que menores de 15 años pueden realizar dicha labor pero con la autorización respectiva de la Gerencia de Trabajo luego de presentar los requisitos que exige la Ley. De los menores encontrados que si cumplían con la edad no contaban con dicha autorización, además de haber menores de 14 que la Ley no permite de ninguna manera el Trabajo Infantil. Por lo que la Gerencia Regional de Trabajo ha considerado como Infracción Insubsanable MUY GRAVE la desarrollada por la empresa CAPSICUM ANDINO SAC. Imponiéndole una multa de 200 UIT equivalente a 790,000.000 soles por dicha infracción.