EMPRESAS QUE CUMPLAN CON LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD OBTENDRAN BENEFICIOS POR PARTE DEL ESTADO

Objetivo es promocionar la empleabilidad de personas con capacidades especiales.

Sub Dirección de Empleo desarrolló el 27 de Febrero, el taller de información sobre Derechos y Obligaciones de las Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad; con la finalidad de facilitar la inserción laboral de los buscadores de empleo de grupos vulnerables en las diferentes empresas de la región.

Para que una empresa sea considerada Empresa Promocional, el 30% de sus trabajadores deben ser personas con discapacidad y estas a su vez deben desarrollar el 80 % de sus actividades relacionadas con el objetivo principal de la empresa.

Las empresas que cumplan con lo dispuesto en la Ley 29973, “Ley General de la Persona con Discapacidad”, recibirán beneficios tributarios, laborales y administrativos por parte del estado. Así mismo las empresas que no realizaran lo dispuesto por dicha Ley podrán ser sancionadas hasta con 20 UIT dependiendo la falta.

“Las Empresas están obligadas desde su constitución a informarse sobre las normas laborales que se publican en el diario oficial del estado, para evitar incurrir en faltas”; así lo precisó el Sub Director de Empleo, C.P.C. Alberto Guzmán Enriquez.

La Gerencia Regional de Trabajo Lambayeque viene desarrollando una serie de talleres gratuitos de capacitación e información sobre diversos temas laborales; así mismo dicha información está publicada en las páginas de la Gerencia Regional y del Ministerio de Trabajo.

EMPRESAS QUE CUMPLAN CON LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD OBTENDRAN BENEFICIOS POR PARTE DEL ESTADO

Objetivo es promocionar la empleabilidad de personas con capacidades especiales.

Sub Dirección de Empleo desarrolló el 27 de Febrero, el taller de información sobre Derechos y Obligaciones de las Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad; con la finalidad de facilitar la inserción laboral de los buscadores de empleo de grupos vulnerables en las diferentes empresas de la región.

Para que una empresa sea considerada Empresa Promocional, el 30% de sus trabajadores deben ser personas con discapacidad y estas a su vez deben desarrollar el 80 % de sus actividades relacionadas con el objetivo principal de la empresa.

Las empresas que cumplan con lo dispuesto en la Ley 29973, “Ley General de la Persona con Discapacidad”, recibirán beneficios tributarios, laborales y administrativos por parte del estado. Así mismo las empresas que no realizaran lo dispuesto por dicha Ley podrán ser sancionadas hasta con 20 UIT dependiendo la falta.

“Las Empresas están obligadas desde su constitución a informarse sobre las normas laborales que se publican en el diario oficial del estado, para evitar incurrir en faltas”; así lo precisó el Sub Director de Empleo, C.P.C. Alberto Guzmán Enriquez.

La Gerencia Regional de Trabajo Lambayeque viene desarrollando una serie de talleres gratuitos de capacitación e información sobre diversos temas laborales; así mismo dicha información está publicada en las páginas de la Gerencia Regional y del Ministerio de Trabajo.