Radiodifusión por Televisión |
Servicio de telecomunicaciones cuyas transmisiones están destinadas a la recepción libre y directa de audio e imagen del público en general.
La Radiodifusión por Televisión está compuesta por las bandas:
Radiodifusión por Televisión en la Banda VHF Servicio constituido por estaciones que transmiten sonidos e imágenes no permanentes, de objetos fijos o móviles, con modulación en amplitud de banda residual para el video y modulación en frecuencia para el audio.
Bandas de Operación: Operan en la banda de 54 MHz a 88 MHz y 174 MHz a 216 MHz (Canales del 2 al 13).
Radiodifusión por Televisión en la Banda UHF
De acuerdo con el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), con excepción de la ciudad de Lima las bandas comprendidas entre 440 - 450 MHz y 485 - 495 MHz (Canales 16, 17 y 18) podrán ser utilizadas para servicios de telecomunicaciones en zonas rurales de 608 - 614 MHz (Canal 37), atribuído a los servicios de radioastronomía (PNAF) De 746 - 846 MHz, la banda se encuentra reservada para futuros servicios de telecomunicaciones. | |
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