
PROF. SUSANA ZULEMA DE LOS MILAGROS BRAVO LIZARZABURU
FUNCIONES DEL DIRECTOR
ART.12.- FUNCIONES DEL DIRECTOR (A): EL Director (a) tiene las siguientes funciones:
a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la I.E. y respetarlo legalmente.
b) Supervisar y evaluar las actividades administrativas y pedagógicas con apoyo del personal integrante del área técnico-pedagógico del plantel.
c) Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y la calendarización anual, en base de los criterios técnicos dados por el MED y de acuerdo a la realidad regional y local.
d) Maximizar la calidad de los aprendizajes, procurando elevar el rendimiento académico estudiantil y el docente; la innovación y la ejecución de acciones permanentes de mantenimiento y mejoramiento de la planta física, instalaciones, equipos y mobiliario de la I.E.
e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula, visitas de estudio aprobar las Nominas y Actas; ratificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos pedagógicos oficiales, así como exonerar asignaturas aplicación de pruebas de ubicación igualmente autorizar exámenes de convalidación y revalidación
f) Disponer de oficio la matricula del menor abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.
g) Seleccionar y designar al personal docente titulado y administrativo en función de las plazas orgánicas I.E. y comunicar a las autoridades competentes de la DRE, la que deberá formalizar el contrato en un plazo no mayor de 10 días.
h) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal docente, administrativo y alumnado. Para estos efectos, el Director constituirá un comité de evaluación que lo presidirá y estará integrado por uno o dos docentes.
i) Otorgar licencias. Cuando estas sean de tres o más días, seleccionara y designará al docente titulado reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular; comunicando oportunamente a las oportunidades a las autoridades de la DRE, para su formalización contractual, quien emitirá resolución dentro del plazo de 5 días. Así mismo otorgar licencias al personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando sea sin goce de haber.
j) Formular el presupuesto operativo del I.E y velar por la correcta administración de los recursos propios; informando a la autoridad competente de la DRE.
k) Coordinar con la APAFA y la autoridad competente de la DRE, asuntos de interés común.
l) Realizar convenios con otras instituciones y sectores, que beneficien al I.E. Tanto en el aspecto material como en el aspecto de capacitación y actualización docente.
m) Adjudicar la administración de kioscos y autorizar el uso eventual de otros ambientes y equipos de la I.E.
n) Coordinar con la APAFA sobre el uso de fondos que ella recaude.
o) Otorgar el permiso al personal a su cargo, hasta por tres días al año, en caso debidamente al personal justificado y dar cuenta a las autoridades competentes.
p) Llamar la atención verbal o por escrito al personal del I.E., por incumplimiento de funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta, informar por escrito a la superioridad.
q) Realizar otras funciones inherentes a su cargo.