REGLAMENTO NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y NO MOTORIZADOS DE TRANSPORTE TERRESTRE

REGLAMENTO DE ACUERDO ARTICULOS Y DECRETOS
EL PRESENTE REGLAMENTO ES APLICABLE EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA

El Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre ha sido emitido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de conformidad con:

Artículo 23º de la Ley Nº 27181- Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre

Todas las personas naturales que aspiren y obtengan una licencia de conducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre.

Se encuentra vigente desde el 19 de noviembre del 2008 y fue aprobado por:

Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC

Las personas jurídicas que aspiren y obtengan una autorización como Establecimiento de Salud encargado de la toma de exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir.

Modificado por:

Las personas jurídicas que aspiren y obtengan una autorización como Escuela de Conductores.

Asimismo contiene las disposiciones, sanciones e infracciones aplicables a las licencias de conducir, Escuelas de Conductores y Establecimientos de Salud.