MINISTERIO DE EDUCACIÓN

UGEL LAMBAYEQUE

REGLAMENTO INTERNO 2021

INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL Y PRIMARIA N° 10227

SAN BERNARDINO - TÚCUME


SUMARIO

INTRODUCCIÓN

TITULO I

IDENTIDAD Y ORGANIZACIÓN DE LA IE

CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES

CAPITULO II PRINCIPIOS, MISIÓN Y VISIÓN

CAPITULO III FINES Y OBJETIVOS

CAPITULO IV BASES LEGALES

CAPÍTULO V ORGANOS QUE COMPONEN LA IE Y ORGANIGRAMA

TITULO II

LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPITULO I DE LA CALENDARIZACIÓN, HORARIOS Y PLAN DE

ESTUDIOS

CAPITULO II DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA I.E.

CAPITULO III DE LA PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO

CURRICULAR

CAPITULO IV DE LA EVALUACIÓN

CAPITULO V ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL

CAPITULO VI DE LOS PROYECTOS DE INNOVACIÓN

PEDAGÓGICA

CAPITULO VII DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR

TITULO III

GESTIÓN INSTITUCIONAL

CAPITULO I DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA

ESCUELA

CAPITULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA I.E.

CAPITULO III DE LA MATRÍCULA Y HORARIO DEL PERSONAL

CAPITULO IV DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

CAPITULO V DE LAS FUNCIONES, DEBERES, DERECHOS,

PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES.

CAPITULO VI DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

CAPITULO VII DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

CAPITULO VIII DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

ADMINISTRATIVO

CAPITULO IX FUNCIONAMIENTO DE LA I.E.

CAPITULO X MATRÍCULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE

ESTUDIOS

CAPITULO XI DE LA RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON EL

CONCEJO DIRECTIVO

CAPITULO XII DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONCEJO ESCOLAR

CAPITULO XIII DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA ENTIDAD

EDUCATIVA

CAPITULO XIV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno de la I.E. Nº 10227 del caserío San Bernardino del distrito de Túcume, jurisdicción de Lambayeque, norma la política educativa, así mismo contiene aspectos generales los mismos que están vinculados a la administración organización y actividades pedagógicas.

Este documento de gestión institucional tiene carácter normativo señalando los deberes y derechos del personal que labora en la Institución Educativa Nº 10227, de los educandos y padres de familia.

La finalidad del presente Reglamento Interno es asegurar el equilibrio institucional, por ello contiene disposiciones que orienta al personal de la Institución Educativa a conocer sus responsabilidades y derechos a fin de lograr su participación comprometida en la tarea educativa que establece las leyes del sector educación.

Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento es tarea de todos los que tenemos la responsabilidad en la conducción y formación de nuestros educandos, garantizando mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos.

La Dirección


I.E. Nº 10227 SAN BERNARDINO - TÚCUME

LAMBAYEQUE

REGLAMENTO INTERNO

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

Art. 1. Contenidos

El Reglamento Interno es un documento de Gestión Institucional elaborado acorde con las disposiciones y/o normas emanadas por la superioridad que precisa: aspectos de Gestión Pedagógica referidos al Régimen Académico y aspectos de Gestión Administrativos relacionados con el Régimen Interno de Trabajo, Régimen Económico y recursos materiales.

Art. 2. Alcances

El presente Reglamento Interno debe ser cumplido por:

· Personal Directivo

· Personal Docente

· Educandos

· Padres de Familia

CAPITULO II

PRINCIPIOS, VISIÓN Y MISIÓN

Art. 3 Principios

La I.E. Nº 10227, viene desarrollando una currícula flexible y diversificada, practica y defiende las interrelaciones de una sociedad solidaria donde se pone en práctica valores democráticos que propician un ambiente institucional adecuado para conseguir aprendizajes significativos dentro del concepto de libertad.

Art. 4 VISIÓN:

Nuestra Institución Educativa en el año 2023 será líder en el campo pedagógico, científico, humanístico, intercultural e inclusivo; formadores de ciudadanos en valores, conocimientos y conciencia ambiental, aptos para desenvolverse pertinentemente en los diferentes ámbitos de la sociedad de acuerdo a las exigencias del mundo globalizado.”

.

Art. 5. MISIÒN:

Somos una Institución Educativa integrada por un equipo de docentes investigadores, altamente comprometidos con el desarrollo integral de los estudiantes y comunidad educativa, dentro de un marco intercultural, inclusivo y ecológico, brindando una educación de calidad basada en la práctica de valores, promoviendo el conocimiento, la cultura, el desarrollo de la creatividad centrada en el uso de metodología interactiva y la aplicación de las TICS, respondiendo competitivamente a las exigencias de su comunidad.


CAPITULO III

FINES Y OBJETIVOS

Art. 6. FINES

Son fines del presente Reglamento los siguientes:

- Que los actores educativos de la Institución Educativa Nº 10227 conozcan las normas de convivencia, las cumplan y respeten.

- Orientar los deberes, atribuciones y derechos del director, docentes, educandos y padres de familia.

- Fortalecer los valores de puntualidad, trabajo, honradez, justicia y disciplina presentes en el perfil ideal de los estudiantes.

- Mantener el prestigio y calidad educativa de la Institución.

- Propiciar un buen clima institucional, solidario y democrático buscando consolidar las relaciones humanas.

Art. 7. OBJETIVOS ORGANIZACIONALES:

A. Objetivos Organizacionales Pedagógicos.

- Generar los mecanismos de organización que propicien el cumplimiento de la programación y ejecución curricular.

- Lograr la formación integral de los estudiantes basada en la práctica de actitudes valóricas.

- Atender la formación integral del educando respetando sus ritmos y estilos del aprendizaje.

- Preservar la salud integral de los educandos frente a situaciones de riesgo.

B. Objetivos Organizacionales Institucionales

- Mejorar las relaciones humanas entre los actores de la educación para lograr su participación activa dentro y fuera de la Institución.

- Gestionar la cooperación de instituciones aliadas para lograr la realización de las metas programadas.

- Gestionar con las instituciones aliadas la cooperación para afrontar situaciones de riesgo frente a fenómenos naturales y enfermedades endémicas.

C. Objetivos Organizacionales Administrativos

- Lograr el mejoramiento de la infraestructura, equipos y materiales mediante la realización de actividades que se desarrollan en un clima de confraternidad buscando, la calidad educativa.

CAPITULO IV

BASES LEGALES

Art. 8 BASES LEGALES.

El Reglamento Interno está basado en los siguientes dispositivos legales vigentes:

ü Constitución Política del Perú.

ü Ley N° 28044, Ley General de Educación.

ü Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.

ü Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.

ü Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por la Ley N° 29839.

ü Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

ü Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

ü Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

ü Decreto Legislativo N° 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.

ü Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.

ü Ley N° 30061, Ley que declara de prioritario interés nacional la atención integral de la salud de los estudiantes de educación básica regular y especial de las instituciones educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS).

ü Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.

ü Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares.

ü Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.

ü Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental.

ü Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MINEDU.

ü Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

ü Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 - 2016

ü Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016

ü Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012- MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.

ü R.M. N° 273- 2020 “NORMAS Y ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2021 EN LA EDUCACIÓN BÁSICA”

ü Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”.

ü Resolución de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.

ü Resolución de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU, que aprueba “Lineamientos para la implementación de la Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar, denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión educativa descentralizada.

ü Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. D.S. N° 018-2007-ED.

ü RM N° 273-2020 - ED “Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2021 en instituciones educativas y programas de la educación básica.

CAPÍTULO V

ORGANOS QUE COMPONEN LA IE Y ORGANIGRAMA

Art. 9 ÓRGANO DE DIRECCIÓN. – El equipo directivo representa legalmente a la IE y su rol es liderar a la comunidad educativa, así como gestionar y organizar el área pedagógica y administrativa de la IE. Asimismo, son los encargados de promover el clima escolar positivo y la convivencia armoniosa entre los integrantes de la comunidad educativa.

Art. 10 ÓRGANO PEDAGÓGICO. – Su rol es el de acompañar a los estudiantes en su proceso formativo, buscando el desarrollo integral del ser humano. Además, ejercen una enseñanza de calidad, equidad y pertenencia no solo para los estudiantes, sino para el resto de la comunidad educativa.

Art. 11 ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA. –Dentro de sus principales funciones se encuentra participar en la elaboración y evaluación del PEI, vigilar el acceso a la matrícula, inclusión y calidad del servicio educativo de la IE, entre otras.

Art. 12 ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN. – Sus funciones están dirigidas al apoyo de la gestión escolar. Asimismo, el personal administrativo cumple un papel importante en la creación de un ambiente favorable para el aprendizaje de los estudiantes, por lo que es importante que todos los actores estén comprometidos en fomentar relaciones positivas y saludables dentro de la comunidad educativa.

Art. 13 ORGANIGRAMA DE LA IE.

TITULO II

LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPITULO I

DE LA CALENDARIZACIÓN, HORARIO ACADÉMICO Y PLAN DE ESTUDIOS

Art. 9 Calendarización del Año

El año académico tendrá una duración de 36 semanas, distribuidos en cuatro bloques de 9 semanas, sumando un total de 1122 horas efectivas en el nivel primaria y 935 horas efectivas en el nivel inicial.

El año académico se ha planificado de la siguiente manera:


PLAN DE ESTUDIOS

ÁREA DE APRENDIZAJE

COMPETENCIAS

N° de horas por grado

01

Comunicación

03

05

05

04

04

04

04

02

Matemática

04

05

05

04

04

04

04

03

Personal Social

05

03

03

04

04

04

04

04

Ciencia y Tecnología

03

03

03

04

04

04

04

05

Arte y Cultura

02

03

03

03

03

03

03

06

Educación Religiosa

02

01

01

01

01

01

01

07

Educación Física

03

03

03

03

03

03

03

08

Inglés

01

02

02

03

03

03

03

09

Tutoría y Orientación Educativa

02

02

02

02

02

02

02

10

Horas de Libre Disponibilidad

03

03

02

02

02

02

11

Total de horas

30

30

30

30

30

30

CAPITULO II

DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

Art. 10. Proyecto Curricular:

La Gestión Curricular en la Institución Educativa supone concretar el proceso de diversificación de los Currículos Básicos Nacionales.

El Proyecto Curricular se reestructurará en concordancia con los propósitos y objetivos del P.E.I.

El Director conjuntamente con los docentes se ha organizado, con el fin de asegurar la actualización del P.C.I.

Para la actualización del P.C.I. se ha partido de una autoevaluación para determinar las demandas y necesidades prioritarias de la institución educativa. Este diagnóstico nos ha permitido relacionar la institución educativa con la comunidad. Asimismo se ha obtenido información acerca de la situación de los aprendizajes de los alumnos que llegan al grado. Se evaluará principalmente la comprensión de lectura, razonamiento matemático, práctica de actitudes valóricas, etc. Asimismo como estrategia metodológica, se identificará los conocimientos previos, los talentos, así como los problemas de aprendizaje. También conoceremos el entorno de los estudiantes.

Finalmente hemos analizado el Currículo Nacional 2017, analizando el perfil del niño para la elaboración de unidades didácticas.

CAPITULO III

DE LA PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO CURRICULAR

Art. 11 De la Planificación

Para tener una visión completa de cada uno de las edades y los grados, se ha elaborado y diversificado el campo temático que se desarrollarán cada mes del Año Lectivo y teniendo en cuenta las competencias, capacidades y desempeños del currículo nacional. Asimismo se definen las estrategias metodológicas y las actividades significativas a desarrollarse en función de las capacidades seleccionadas.

Art. 12 Desarrollo Curricular

La reforma curricular que plantea la Institución Educativa Nº 10227, está enmarcada dentro de una verdadera flexibilización, diversificación y contextualización que tienen en su punto de aplicación la Propuesta Curricular Institucional en el cual incorporamos lineamientos de política nacional, regional y local.

El modelo de currículo se caracteriza por considerar áreas de aprendizaje obligatorio desarrollado en 30 horas semanales en el nivel primario y 25 en el nivel inicial.

Proponemos una escuela activa con todos sus principios y lineamientos pedagógicos que cultiven el descubrimiento y la investigación para lograr un aprendizaje significativo y creativo. Fomentaremos la utilización de la mayor variedad de medios y materiales educativos, teniendo a los docentes como agentes mediadores del proceso formativo de los niños y niñas.

CAPITULO IV

DE LA EVALUACIÓN

Art. 13 Evaluación

Se realizará dando cumplimiento a la directiva aprobada por R.VM.N°193-2020 ED.

1. La evaluación es permanente e integral.

2. Los alumnos y padres de familia serán informados acerca del avance en el aprendizaje en forma oportuna.

3. Recibirán la tarjeta de información al finalizar cada bimestre.

La evaluación tiene como principal propósito el bienestar del estudiante y su desarrollo integral. Esta debe ser vista siempre como un proceso a través del cual se recopila y analiza información para conocer y valorar los avances y dificultades del estudiante en el desarrollo de sus competencias Se espera que, sobre esta base, se tomen decisiones para la mejora continua de los procesos de aprendizaje y enseñanza. En tal sentido se requiere poner énfasis en promover procesos reflexivos y orientadores para el desarrollo de aprendizajes de los estudiantes, y de la práctica docente. La Resolución Viceministerial 094-2020-MINEDU, presenta disposiciones que en el contexto actual deben promoverse con especial fuerza:

a. La evaluación se realiza teniendo como centro al estudiante y, por lo tanto, contribuye a su bienestar reforzando su autoestima. En la situación actual, el docente debe darle particular importancia a promover en el estudiante el desarrollo y consolidación de una imagen positiva de sí mismo y de confianza en sus posibilidades y su esfuerzo frente al trabajo remoto; motivándolo a seguir aprendiendo y valorar la diversidad.

b. La determinación del nivel del logro de la competencia se realiza con base en evidencias de aprendizaje relevantes. Es necesario que, para determinar el nivel de logro que se ha alcanzado con relación a una competencia, se seleccionen y analicen las evidencias que brinden más información acerca de los avances y dificultades que tiene el estudiante en los aspectos claves de dicha competencia.

c. La reflexión es un proceso clave para el desarrollo de competencias de los estudiantes. Es importante que el estudiante comprenda los criterios de evaluación para que a partir de ello pueda desarrollar procesos autónomos de reflexión sobre sus fortalezas, dificultades y necesidades. Se requiere brindar a los estudiantes pistas, orientaciones, consejos, estrategias, apoyos y recursos distintos para que ellos mismos puedan reflexionar y tomar decisiones para superar dificultades, replantear sus formas y métodos de resolver problemas y descubrir cómo mejorar en el desarrollo de sus competencias.

- EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA

- De la escala de calificación

Para los estudiantes desde 3 años de Educación Inicial a 6º grado de educación primaria, solo se podrá registrar niveles de logro AD, A y B, no se utiliza el nivel de logro C. En caso el estudiante muestre un progreso mínimo en una de las competencias desarrolladas, evidencie dificultades en el desarrollo de las actividades propuestas y se considere que necesita mayor tiempo de acompañamiento, el casillero quedará en blanco y será completado durante el año o periodo lectivo 2021.

En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) se deberá incluir en las conclusiones descriptivas los apoyos educativos y los ajustes razonables (aprendizajes, tiempos, materiales, formas de evaluación entre otros) brindados por el docente durante el año o período lectivo.

La escala de calificación del nivel de Educación Primaria de la EBR es literal y descriptiva, de acuerdo con la siguiente tabla:

AD

Logro destacado

Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos, demostrando incluso un manejo solvente y muy satisfactorio en todas las tareas propuestas.

A

Logro previsto

Cuando el estudiante evidencia el logro de los aprendizajes previstos en el tiempo programado.

B

En proceso

Cuando es estudiante está en camino de lograr los aprendizajes previstos, para lo cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

- Sobre las condiciones de promoción y permanencia:

En Educación Inicial y primer grado

Las condiciones de promoción de este grupo de estudiantes se realiza en el marco de las condiciones de lo descrito en la norma aprobada por RVM N° 00094-2020 MINEDU, considerando la diversidad de condiciones y características que ha tenido esta población estudiantil durante esta emergencia sanitaria, se ha previsto una serie de acciones que ayuden a los estudiantes a consolidar los niveles de desarrollo de sus competencias. Estas acciones serán determinadas por el docente de acuerdo con las características y necesidades de los estudiantes.

- En el caso de los estudiantes de Educación Inicial (5 años) que se incorporan al servicio educativo en el último trimestre del 2021, el docente debe recoger recoge información sobre las características y necesidades del niño. A partir de esta información brindará orientaciones a la familia y de considerarlo necesario, hará una selección de experiencias o actividades que le permitan seguir desarrollando sus competencias con el acompañamiento de la familia en lo que queda del año.

De segundo grado a sexto grado grado

Para el caso de los estudiantes del 2º al sexto grado de Educación Primaria, Se plantea la promoción guiada, la cual implica que el estudiante será matriculado en el grado siguiente en el 2021 y que tendrá mayor tiempo y oportunidades para consolidar el desarrollo de competencias correspondientes al 2020.

Para los estudiantes que han recibido el servicio educativo durante el año por cualquier medio de comunicación:

Para los estudiantes que han recibiendo el servicio educativo ya sea a través de Aprendo en casa vía web, radio o televisión o a través de las estrategias planteadas por sus instituciones educativas desde marzo de este año o que se han insertado en los primeros meses del año y mantienen interacción con su docente o docentes .

Ø Se realiza el registro a fin de año de los niveles de logro alcanzados en las competencias desarrolladas en el SIAGIE, lo que dará cuenta de sus avances durante el 2020. Tendrán una promoción guiada, que implica que serán matriculados en el 2021 en el grado siguiente con el propósito de brindarles oportunidades para consolidar sus procesos para el desarrollo de las competencias .

Ø En caso el docente considere que el estudiante requiere un tiempo adicional después del trabajo realizado durante 2020, podrá brindarles la carpeta de recuperación para que los estudiantes trabajen durante enero y febrero. Esta carpeta de recuperación debe ser presentada por el estudiante al iniciar el año o · periodo lectivo 2021, según indicaciones de la institución educativa.

Para los estudiantes que se incorporaron de manera tardía:

Para los estudiantes que se incorporan de manera tardía, es decir después del mes de agosto o que hayan sido intermitentes en su contacto con el docente o en la elaboración de sus producciones durante el 2020 por diversos motivos .

Ø Durante los meses restantes del año o periodo lectivo 2020, tendrán un plan de recuperación con acciones específicas planteadas por el docente y a partir de las necesidades de aprendizaje determinadas a partir de sus avances. El docente podrá ir modificando las acciones propuestas para la mejora de aprendizajes

Ø Se realiza el registro a fin de año de los niveles de logro alcanzados en las competencias desarrolladas en el SIAGIE, lo que dará cuenta de sus avances durante el 2020. Tendrán una promoción guiada, que implica que serán matriculados en el 2021 en el grado siguiente con el propósito de brindarles oportunidades para consolidar sus procesos para el desarrollo de las competencias .

Ø En caso el docente considere que el estudiante requiere un tiempo adicional de trabajo, podrá brindarles la carpeta de recuperación para ser trabajadas durante enero y febrero. Esta carpeta de recuperación podrá ser presentada, según indicaciones de la institución educativa, al iniciar el año o periodo lectivo 2021

Para los estudiantes que se incorporaron de manera tardía:

Los estudiantes que durante el 2021 no tienen contacto con su docente o la institución educativa o que no han tenido acceso a Aprendo en casa o a la estrategia remota de su IE.

Ø De haber desarrollado experiencias de aprendizaje o estudios independientes, pero no haber tenido contacto con su docente o con la institución educativa, podrán presentar al iniciar el año o periodo lectivo 2021 su carpeta de trabajo o portafolio con lo trabajado durante 2020. Esta carpeta o portafolio se entrega al docente, quien lo recibe como evidencia del trabajo realizado.

Ø En el caso de los estudiantes con NEE, estas carpetas son valoradas considerando las adaptaciones que haya requerido el estudiante. Estos estudiantes podrán ser matriculados en el grado siguiente con promoción guiada y seguirán los procesos de los estudiantes que accedieron al servicio y tuvieron contacto con su docente o la institución educativa.

Ø De no contar con su carpeta de trabajo o portafolio, tienen la posibilidad de desarrollar la carpeta de recuperación durante los meses de enero y febrero del 2021 si se logra contactar en diciembre, o al reincorporarse a recibir el servicio educativo en marzo, si el docente lo considera necesario.

Ø Para los estudiantes con NEE asociadas a discapacidad, se realizarán las adaptaciones necesarias. Después de ello serán matriculados con promoción guiada en el grado siguiente y seguirán los procesos de los estudiantes que accedieron al servicio y tuvieron contacto con su docente o la institución educativa.

Ø Solo si la familia lo solicita, el estudiante volverá a realizar el grado.

Evaluación diagnóstica de entrada:

Tendrán una evaluación diagnóstica de entrada:

Ø En el caso de los estudiantes de educación inicial y primaria, tendrá una evaluación diagnóstica de entrada que sirva de insumo para conocer los niveles de avance de los estudiante.

ü Si después del análisis de la información proveniente de la evaluación diagnóstica, el portafolio del estudiante, la información registrada en el SIAGIE y la carpeta de recuperación, si fuese el caso; se determina que:

ü El estudiante ha alcanzado o superado los niveles de logro esperados para su grado o ciclo, la institución educativa debe continuar con las acciones para el desarrollo de las competencias según el grado en el que está matriculado en el 2021 .

ü El estudiante requiere de un tiempo adicional para alcanzar el nivel de logro esperado, se iniciará el periodo de consolidación para el desarrollo de las competencias seleccionadas en el marco de la emergencia sanitaria. Este periodo podrá durar hasta junio del 2021.

Ø Después del periodo de consolidación para el desarrollo de competencias, el docente registrará en el SIAGIE el nivel de logro alcanzado por el estudiante en las · competencias seleccionadas que no tenían información registrada en el 2020 .. Este procedimiento se podrá realizar hasta fines de julio del 2021.

Ø En caso el estudiante no alcance el nivel esperado las competencias seleccionadas en el marco de la emergencia sanitaria, tendrá un periodo de trabajo adicional de apoyo específico en un proceso de reforzamiento de julio a diciembre. Luego de esto el docente registrará el nivel de logro alcanzado por cada estudiante en el SIAGIE. Dicho proceso deberá generarse o ejecutarse antes de generar las actas del 2021.

CAPITULO V

ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL.

Art. 14 Organización y Desarrollo de la Tutoría.

Es responsabilidad del aula, quien brindará un servicio de acompañamiento socio-afectivo, cognitivo y pedagógico, el mismo que impartirá la acción tutorial a través de actividades significativas diseñadas en la propuesta curricular de centro donde se dará énfasis a temas como autoestima, actividades de integración, creación de textos con mensajes valóricos, construcción de planes de vida y valores, desarrollo de la creatividad a través de actividades psicomanuales, utilizando materiales de reciclables, detección de casos problemas (bajo rendimiento, problemas conductuales y derivación al SANNE), desarrollo de talleres para mejorar la psicomotricidad, la autoestima y manejo de emociones, con el apoyo de personal especializado .

CAPITULO VII

DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR

DE LOS MATERIALES:

  1. Los materiales educativos están a disposición de cada uno de los estudiantes ya que contamos con módulo de ciencia y tecnología, material estructurado enviado por el MINEDU y no estructurado elaborado por los miembros de la comunidad educativa, una biblioteca de aula. En el presente año escolar se cuenta con una diversidad de materiales educativos que serán usados por los estudiantes para el logro de sus aprendizajes.

DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR:

Es responsabilidad del comité de biblioteca escolar quienes son los encargados de organizar los textos, codificar, revisar y ubicar por áreas y ciclos el material bibliográfico existente y su condición física.

TITULO III

GESTION INSTITUCIONAL

CAPITULO I

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA

a. Organizar y difundir el trabajo educativo de acuerdo a la modernidad y las condiciones socio – económicas de la comunidad.

b. Programar, planificar ejecutar y evaluar en forma integral las acciones y servicio educativo que se desarrollan en ella.

c. Desarrollar y evaluar el currículo de la modalidad de menores.

d. Brindar servicio de tutoría, así como desarrollar el calendario ambiental, cívico escolar y comunal.

e. Alcanzar altos niveles de desarrollo académico y formativo del educando con la participación comprometida de los diversos estamentos de la institución educativa (Director, estudiantes, padres de familia).

f. Promover en el educando la práctica de actitudes valóricas, habilidades y destrezas necesarias para su desarrollo personal.

g. Desarrollar un pensamiento creativo, crítico, productivo y reflexivo para un mejor desenvolvimiento personal y social.

h. Promover actividades que integran a la familia escolar, según la línea axiológica de la escuela.

i. Desarrollar y participar en programas de capacitación del personal Directivo que garantice la eficiencia y eficacia en el desempeño de sus funciones.

j. Formular y remitir a la Superioridad los cuadros de altas y bajas y el inventario general de altas y enseres de la escuela al finalizar el año escolar.

k. Fomentar y promover en los niños/as el gusto por la lectura, a partir de situaciones creativas, lúdicas y placenteras que despierten interés inventiva y sensibilidad.

l. Sensibilizar a la comunidad educativa sobre acciones de prevención frente a desastres naturales y enfermedades endémicas con el fin de salvaguardar la integridad de sus miembros.

m. Promover con la comunidad educativa la creación de espacios de vida promoviendo desde la escuela el cuidado por la naturaleza.

CAPITULO II

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

a. Órgano de Dirección : César Augusto Sialer Niquén

b. Órgano Consultivo : Director, Padres de Familia, CONEI, Estudiantes.

c. Órgano Técnico Pedagógico : Personal Docente.

d. Órgano de Apoyo : Miembros de APAFA, comités de aula, CONEI, brigadas escolares.

e. Órgano de participación : Docentes

f. Órgano de comisiones y trabajo educativo:

1.- Calidad, innovación y aprendizajes.

- Prof. César Augusto Sialer Niquén

- Prof. Zaida Ruth Núñez Carbajal

2.- Ciudadanía ambiental y gestión de riesgos

- Prof. César Augusto Sialer Niquén

- Prof. Gilda del rosario Santamaría Samamé

3.-Convivencia, tutoría e inclusión educativa

- Prof. Roxana De la Cruz Ynoñan (MUNICIPIOS ESCOLARES)

- Prof. Paula Rosa Valdera Morales (TUTORIA)

4.- Infraestructura espacios y medios educativos.

- Prof. César Augusto Sialer Niquén

- Prof. Feliciano Zeña Sipión

CAPITULO III

DE LA MATRICULA Y HORARIOS DEL PERSONAL

Art. 15. De la Matrícula y Ratificación.

Tal como lo establece la RVM N° 552-2020 , este año habrá una estrategia focalizada para la atención de solicitudes de matrícula, en lo que se refiere al nivel inicial 3 años y el primer grado de primaria. Esta se realizará de manera virtual.

Ø La matrícula es gratuita y no se condiciona al pago de cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la APAFA, compra de paquetes escolares, donaciones y otros.

Ø La matrícula para los estudiantes antiguos es automática. Sin embargo se deben actualizar los datos según el cronograma que se ha establecido en nuestra IE.

Ø Está prohibida la evaluación de ingreso para los alumnos de inicial y primer grado de primaria.

Art. 16. Del horario del personal

Ø La jornada de trabajo remoto del profesor nombrado, en el marco de la estrategia aprendo en casa, se ajusta a las necesidades y demandas de los estudiantes, respetando la jornada máxima prevista en el artículo 65 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por la Ley N° 30541. En el caso de los profesores contratados, se considera la jornada máxima prevista en su contrato.

Ø El trabajo remoto no resulta aplicable a los profesores con descanso médico a aquellos confirmados con la COVID-19 hasta que superen la enfermedad, y los que se encuentran con licencia con goce por las causales previstas en la LRM, a quienes no se les afecta el pago de sus remuneraciones.

Ø Los profesores que se encuentran dentro del grupo de riesgo (Resolución Ministerial N.° 139-2020-MINSA), realizarán trabajo remoto, en tanto dura el estado de emergencia nacional o el periodo que disponga el Minedu.

Ø Cuando se disponga el inicio de la prestación presencial del servicio educativo, los profesores nombrados o contratados que no cuentan con las condiciones de transporte interprovincial para el retorno a la labor presencial continuarán realizando trabajo remoto.

Ø Asimismo, podrán realizar trabajo remoto los profesores contratados para la cobertura de la demanda incremental a consecuencia del traslado o ingreso de estudiantes a las instituciones educativas públicas aun cuando se disponga el inicio del servicio presencial.

CAPITULO IV

DEL PROYECTO EDUCTIVO INSTITUCIONAL

Art. 17 De la Evaluación:

a. Evaluar periódicamente y reestructurar el P.E.I. según los cambios pedagógicos y los avances científicos y tecnológicos en forma anual.

b. Realizar cambios significativos de acuerdo a los diagnósticos micro y macro de la Institución Educativa.

CAPITULO V

DE LAS FUNCIONES, DEBERES, DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES

DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS:

Art.18. Los profesores y directivos durante el estado de emergencia nacional por el brote del COVID 19, rigen sus labores por los deberes, obligaciones y prohibiciones previstas en la LRM, Reglamento, Código de Ética de la Función Pública y las previstas en las normas del sector público.

También constituyen deberes durante el estado de emergencia nacional, las siguientes:

Ø Cumplir las disposiciones previstas en la Resolución Viceministerial Nº 088-2020-MINEDU.

Ø Estar disponible, para las coordinaciones de carácter laboral que resulten necesarias, sin afectar la disposición del aislamiento social obligatorio.

Ø Hacer uso adecuado de los equipos o bienes entregados para la prestación de servicio, en caso estos hayan sido facilitados por la IE.

Ø Participar del espacio de formación virtual http://www.perueduca.pe/campus-virtual con los cursos disponibles en PerúEduca.

Ø Brindar como profesor-tutor el apoyo pedagógico y emocional, académico, y tecnológico a los estudiantes, según corresponda, considerando el nivel, la modalidad, condiciones territoriales y la situación de aislamiento obligatorio.

Ø Recibir acompañamiento pedagógico de manera virtual, en caso fuera una escuela focalizada.

Ø Durante la primera semana de reinicio de las labores presenciales, los profesores deben entregar, según el medio que acuerde con el director o directora de su IE, lo siguiente:

Ø Un (01) informe sobre el balance del tiempo de trabajo remoto: con el objetivo de contar con insumos que nos permitan evaluar las dificultades y logros que hemos tenido durante este período, obtener lecciones que nos permitan replantear futuros procesos y repensar la forma en la que concebimos el aprendizaje y la práctica pedagógica.

Ø Un (01) informe de planificación curricular: El objeto es proponer la programación que planean trabajar con los estudiantes, una vez iniciada la prestación del servicio educativo presencial, teniendo en consideración la capacitación que has realizado a través de PerúEduca, la estrategia “Aprendo en casa”, la experiencia de esta emergencia adecuándola a las nuevas condiciones de desarrollo del año escolar, según el contexto de los estudiantes y características territoriales de la IE.

RESPONSABILIDAD DEL DIRECTOR:

Art.19. Es responsabilidad del director:

Ø Planificar y supervisar las acciones acordadas con los profesores de acuerdo al contexto, las condiciones, características de los estudiantes y sus familias, según el nivel y modalidad.

Ø Establecer mecanismo(s) de comunicación con los profesores de la IE, mientras dure el periodo de aislamiento social obligatorio, con la finalidad de organizar el trabajo (profesores nombrados y contratados), sin afectar la condición de aislamiento obligatorio.

Ø Identificar y establecer canales de comunicación (redes sociales: WhatsApp, Facebook; dispositivos: teléfono fijo, celular; herramientas para reuniones: Hangouts, Zoom, etc. para brindar información y orientación sobre aspectos administrativos y formativos a los padres de familia sobre sus hijos.

Ø Orienta a los profesores y otros profesionales en el contexto del servicio educativo no presencial sobre los medios o mecanismos a usar y cómo organizar el monitoreo a los estudiantes para verificar si están desarrollando las estrategias y accediendo a los recursos brindados por el Minedu en el marco de "Aprendo en casa" de acuerdo a sus condiciones de conectividad.

Ø Sensibilizar a los padres de familia respecto a la importancia de los entornos virtuales, televisivos y radiales para los aprendizajes de sus hijos y promover que las familias se involucren en el proceso de aprendizaje de sus hijos, especialmente en la gestión del tiempo de diversas actividades

Ø Promover que los profesores y profesionales que trabajan brindando el servicio educativo, lleven los cursos ofertados en PerúEduca u otras fuentes oficiales, en la perspectiva de participar de la estrategia de educación no presencial.

Ø Es responsabilidad del director y subdirector de la IE, asignar labores a los profesores, así como implementar mecanismos de supervisión de las labores realizadas durante la prestación no presencial del servicio educativo.

Ø Reportar a la UGEL las labores realizadas durante la prestación no presencial del servicio educativo.

Ø Coordinar con los padres/madres de familia y líderes comunales la implementación del servicio educativo no presencial en el marco de la estrategia “Aprendo en casa”, para los distintos niveles y modalidades de la educación básica

Ø Promover el trabajo colaborativo entre profesores de la IE para mejorar el proceso de enseñanza.

Ø Ajustar la planificación curricular en función de las necesidades del contexto que afectan la prestación del servicio educativo en la IE.

DERECHOS DEL DIRECTOR:

Art. 20. Los derechos del director son los siguientes:

1. Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo para un desenvolvimiento ético y alturado de su función.

2. Es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo.

PROHIBICIONES DEL DIRECTOR:

Las prohibiciones del personal de la I.E. están contenidos en la Ley General de Educación N° 28044 y su reglamento de E.B.R. D.S. N° 013-2005 Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 su Reglamento D.S Nº004-2013-ED., Ley de Procedimientos Administrativos N° 27444, su Reglamento Decreto Legislativo N° 277 Directiva N° 2002- ME/ED/SG Normas Sobre Integridad, ética Gubernamental , R.M N° 574-94-ED, Código de Ética de la Función Pública Ley N° 27815, modificada por Ley N° 28496 y su Reglamento D.S. N° 033-2005-PCM y otras normas vigentes.

Art. 21. Son prohibiciones del director:

1. Transgredir el presente Reglamento, revocando sus funciones.

2. Otorgar certificados falsos o inhibirse de extender los certificados que lógicamente corresponden.

3. Denegar la matrícula a los estudiantes que la soliciten, siempre que haya vacante.

4. Alterar los documentos y registros del colegio.

5. Hacer comentarios y agravios de la honorabilidad de cualquier padre de familia de la I.E. a excepción de dar cuenta en caso judicial.

6. No dar cuenta a CONEI de su gestión en el momento oportuno.

ROL DEL DOCENTE

Ø Establecer comunicación con las familias y los estudiantes, a través de los medios dispuestos con las familias, para sensibilizar y acompañar su participación en la estrategia nacional “Aprendo en Casa”.

Ø Conocer los recursos y seguir sesiones de “Aprendo en Casa” en los canales que tenga acceso, para que teniendo en cuenta el medio de conectividad elegido por el estudiante: 1) Apoyar a los estudiantes y a sus familias en el uso de la estrategia nacional “Aprendo en Casa”. 2) Puede proponer proyectos complementarios de aprendizaje en base a una evaluación colegiada. 3) Preparar la continuidad de los aprendizajes cuando se retorne a las labores presenciales.

Ø Elaborar dos informes: 1) Informe balance de la tarea docente durante el tiempo de trabajo remoto 2) Reprogramación de la planificación curricular anual 2020. • Participar de procesos formativos que se ofrecerán a través de las plataformas del MINEDU.

PROHIBICIONES DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 22. Son prohibiciones del personal docente las siguientes:

1. Evitar dedicarse en horas de trabajo a otras actividades ajenas a su función. Así como evitar el ingreso de personas no autorizadas durante su labor docente.

2. Abandonar la I.E. o su sección en horas de labores.

3. Utilizar a los estudiantes para servicios personales.

4. Disponer el envío del educando a su domicilio sin previa coordinación con el padre de familia.

5. Percibir retribución de terceros para realizar y emitir actos del servicio.

6. Realizar actividades políticas partidarias durante el cumplimiento de las labores.

7. Atentar contra la integridad física y moral del educando.

8. Abandonar sus horas de clase, asambleas y reuniones antes de su finalización.

9. Vender textos, láminas, hojas y otros sin haber acordado con los padres y madres de familia.

10. Fomentar el uso de apelativos o frases de doble sentido en el trato interpersonal.

11. Fomentar el deterioro de las buenas relaciones humanas por calumnia, insultos, agresiones verbales, físicas o psicológicas en agravio de sus colegas, estudiantes y padres de familia dentro y fuera de la I.E.

12. Alterar la hora de ingreso y salida en el registro de control de asistencia.

Art.23. De las Faltas, Sanciones y Estímulos.

Las faltas, sanciones y estímulos son las siguientes:

FALTAS.

Constituyen faltas graves:

1. El incumplimiento de los dispositivos legales pertinentes en el desempeño de sus funciones.

2. La reiterada inasistencia al incumplimiento de las órdenes de sus superiores, relacionadas con sus labores.

3. La negligencia en el desempeño de sus labores.

4. Interferir en el buen funcionamiento del servicio educativo.

5. La utilización y disposición de la infraestructura, ambientes y bienes de la entidad en beneficio propio o de terceros.

6. El causar intencionalmente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, equipos audiovisuales, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de éstas

Los abandonos de cargo en los siguientes casos:

Ø Cuando el docente se ausenta en forma injustificada por más de 3 días consecutivos al mes, o 5 discontinuos en un periodo de dos meses, correspondiéndole la sanción de cese temporal.(Art. 78 del reglamento de la ley de reforma magisterial)

Ø Incumplir el Reglamento Institucional.

ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 24. Son estímulos del personal docente los siguientes:

1. El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales y locales, según corresponda mediante la resolución de la autoridad competente, reconocen el sobresaliente ejercicio de la función docente o directiva.

FUNCIONES DE LOS ALUMNOS

Art. 25. Son funciones de los alumnos las siguientes:

1. Asistir puntualmente a la I.E., en el horario establecido.

2. Participar en todas las acciones establecidas por la I.E.

3. Cumplir con las obligaciones y tareas encomendadas por los docentes

4. Participar activamente de los simulacros de sismo e inundación.

DEBERES DE LOS ALUMNOS:

Art. 26. Los deberes de los alumnos son los siguientes:

1. Cumplir responsablemente con los deberes de clase.

2. Asistir correctamente uniformados a sus clases y a todos los actos patrióticos en los que participa la I.E. siempre y cuando lo tengan.

3. Participar activamente en el proceso de enseñanza – aprendizaje.

4. Colaborar a mantener en buen estado de conservación el mobiliario e infraestructura. Asimismo participar de la limpieza de su I.E.

5. Asistir puntualmente a la I.E., a sus clases, según el horario establecido.

6. Presentar sus trabajos y rendir sus pruebas en su debida oportunidad, salvo caso debidamente justificado.

7. Cumplir con responsabilidad y disciplina las comisiones y cargos que le asignen.

8. Aceptar con espíritu de disciplina, los consejos, representaciones y medidas correctivas que le asignen sus superiores, demostrando buen comportamiento dentro y fuera de la I.E. colaborando en mantener el orden y la disciplina en todo momento.

9. Respetar a su profesor, compañeros de clase y otras personas, dentro y fuera de la I.E.

10. Asumir con responsabilidad la práctica de simulacros de sismo e inundación.

11. Velar por el buen estado, mantenimiento y conservación del material didáctico, ambientes, equipos, instalaciones y mobiliario de la I.E. separando o devolviendo el material malogrado.

12. Cumplir las normas contenidas en el presente reglamento.

13. Participar de los diferentes simulacros de sismo, lluvias intensas e inundaciones, etc.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Art. 31. Los derechos de los alumnos son los siguientes:

1. Recibir formación integral en cada grado de estudios en un ambiente de seguridad física y moral.

2. Recibir los beneficios de tutoría.

3. Ser tratados con dignidad y respeto sin discriminación de raza, color, idioma, religión oposición social.

4. Ser informados de todo lo que le concierne como alumno según el presente reglamento y otras disposiciones legales.

5. Recibir en forma gratuita los servicios educativos, excepto los acuerdos del Consejo Directivo de Padres de Familia.

6. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.

7. Ser escuchado y atendido en sus reclamos.

8. Derecho a la opinión en asuntos de su competencia.

PROHIBICIONES DE LOS ALUMNOS

Art. 32. Son prohibiciones de los alumnos los siguientes:

1. Realizar actividades distintas a las escolares, dentro de la I.E.

2. Evadirse de la I.E., de clase o de actividades programadas por la dirección.

3. Asistir a clases sin antes haber justificado su inasistencia con su padre o apoderado.

4. Realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres o emplear lenguaje incorrecto.

5. Emitir juicios sin fundamento contra el Docente, sus compañeros y otros integrantes de la I.E.

6. Deteriorar el uniforme, los útiles escolares propios o de sus compañeros, así como el mobiliario y/o material didáctico de la I.E.

7. Cometer fraude, alterar pruebas y/o falsificar firmas en documentos escolares, así como maltratos de palabras u obra de su profesor y compañeros.

8. Apropiarse ilícitamente de útiles y otras prendas de sus compañeros y de la I.E.

9. Realizar acciones distractoras durante la ejecución de simulacros de sismo e inundación.

10. Llevar cosas de valor, alhajas, radios, grabadoras, celulares entre otros; para evitar pérdidas de lo contrario la I.E no se responsabiliza por pérdida.

11. Infringir las normas establecidas en el presente reglamento.

SANCIONES DE LOS ALUMNOS

Art. 33 Las sanciones y medidas que se apliquen para los alumnos por incumplimiento de sus obligaciones y por cometer actos prohibidos son las siguientes:

1. Amonestación verbal o escrita por parte del docente.

2. Advertencia a los padres de familia.

3. Desaprobación en conducta.

4. Suspensión temporal.

ESTÍMULOS DE LOS ALUMNOS

Art. 34. Los estímulos de los alumnos son los siguientes:

1. Mención honrosa en público.

2. Felicitación por escrito.

3. Dar un obsequio de acuerdo al grado de estudios y edad.

RESPONSABILIDAD DE LAS FAMILIAS DE FAMILIA

Art.35. Son responsabilidades de cada una de las familias las siguientes:

Ø Informar, según lo requiera la institución educativa, sobre medios de comunicación que utilizara la familia para el aprendizaje a distancia.

Ø Colaborar estrechamente con los docentes para el desarrollo de las actividades de aprendizaje.

Ø Organizar los tiempos de los hijos/hijas para el estudio, el apoyo en las tareas familiares y el descanso.

Ø Acompañar las actividades de aprendizaje de los hijos/hijas, permitiéndoles a ellos el protagonismo de su desempeño.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art 36. Son deberes de los padres de familia los siguientes:

1. Enviar a sus hijos debidamente aseados, con sus útiles y uniformados.

2. Velar por el mantenimiento y ambientación del aula en coordinación con el profesor.

3. Realizar actividades en beneficio del aula.

4. Reparar el mobiliario o material educativo que su hijo(a) ha dañado.

5. Velar para que sus hijos cumplan con sus deberes y obligaciones para con la I.E.

6. Acudir a las reuniones que convoca la I.E. profesor, comité de aula y consejo directivo.

7. Visitar la I.E. a fin de informarse sobre el rendimiento y conducta de sus hijos(as) sin interrumpir las horas de clase, en el horario establecido o cuando el profesor lo solicite.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 37. Los derechos de los padres de familia son los siguientes:

1. Organizarse en su respectivo comité de aula.

2. Participar conjuntamente con sus hijos en las diferentes actividades.

3. Ser informado bimestralmente sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos(as).

CAPITULO VI

DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

ART. 38° CONVIVENCIA ESCOLAR:

Conjunto de relaciones interpersonales horizontales caracterizadas por el respeto y valoración del otro; construida y aprendida en la vivencia cotidiana y el diálogo intercultural en la Institución Educativa, con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa. La convivencia democrática, favorece el desarrollo de vínculos afectivos identitarios, así como el desarrollo integral del estudiante en un marco de respeto, inclusión y de ejercicios de sus derechos y responsabilidades, contribuyendo a la solución pacífica de sus conflictos y la construcción de un entorno seguro y protector.

ART. 39° DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

Actitudes para promover la convivencia:

a. A NIVEL DE DOCENTES:

Ø Promover el trato respetuoso y el dialogo entre los integrantes de la comunidad magisterial.

Ø Valorar a la persona en el marco de respeto y valoración de sus derechos fundamentales.

Ø Ser un docente competente, asertivo y empático, capaz de identificar y solucionar un problema.

Ø Demostrar puntualidad y eficiencia en el trabajo individual y colectivo.

Ø Trabajar con esmero y dedicación cumpliendo las horas efectivas de labor pedagógica.

Ø Integrarse como parte activa de las actividades de la Institución Educativa.

Ø Desarrollar las relaciones intra e interpersonales en forma asertiva y proactiva.

Ø Practicar el principio de liderazgo y ser un modelo permanente para la comunidad cumpliendo la visión y misión de la institución educativa.

Ø El docente es responsable de promover la tutoría en su aula

Ø El docente de acuerdo con el plan de tutoría de aula

b. A NIVEL DE LOS ESTUDIANTES.

Ø Saludar a los docentes y las personas mayores.

Ø Demostrar cortesía al dialogar con sus compañeros.

Ø Mantener, el orden, la disciplina e higiene dentro y fuera del aula e institución educativa.

Ø Respetar la opinión de sus compañeros

Ø Respetar su turno al hablar, levantado la mano.

Ø Cumplir con las obligaciones escolares

Ø Escuchar atentamente las clases e indicaciones.

Ø Practicar valores: amor, respeto y responsabilidad.

c. A NIVEL DE LOS PADRES DE FAMILIA

Ø Ser puntuales, responsables y honestos.

Ø Respetar las opiniones de los demás.

Ø Practicar la democracia.

Ø Actuar con lealtad.

Ø Escuchar atentamente sin interrumpir.

Ø Participar activamente en las diferentes actividades de la institución educativa: asambleas, brigadas, jornadas de reflexión, de prevención y atención de casos de estudiantes vulnerables al abandono escolar.

Ø Apoyar consecutivamente en las labores escolares a sus hijos.

Ø Integrarse activamente para el logro de los aprendizajes de sus hijos.

Ø Mantener el orden, la limpieza e higiene del aula e institución educativa.

ART. 40. DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Ø Integrar los grupos de trabajo.

Ø Promover charlas de reflexión y sensibilización.

Ø Desarrollar terapias de motivación y crecimiento personal.

Ø Evaluar el cumplimiento de las normas de convivencia.

ART. 41. DE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y ATENCIÓN DE CASOS

Ø Promover campañas de sensibilización y reflexión.

Ø Practicar la comunicación afectiva y asertiva.

Ø Promover charlas de prevención con la participación de profesionales.

Ø Cuidar la autoestima y el autocontrol personal.

ART. 42. DE LA ATENCIÓN DE CASOS

Ø Registrar casos de violencia y acoso entre estudiantes en el libro de registros de incidencias de la I.E. así como consolidar información existente en los anecdotarios de clase.

Ø Adoptar medidas de protección, contención y corrección frente a los casos de violencia entre los estudiantes en coordinación con la dirección del plantel.

Ø Registrar en registros de ocurrencias, registros anecdotarios y libro de actas los sucesos de violencia.

Ø Realizar visitas domiciliarias.

Ø Reportar el caso a la dirección.

Ø Reportar el caso a la plataforma virtual del SISEVE.

Ø Firmar el acta de compromiso del aula o en la Dirección del plantel.

ART. 43. DE LOS ESTIMULOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS

Ø Dar palabras de felicitación.

Ø Otorgar diplomas de honor al mérito o de reconocimiento.

Ø Siendo el objetivo aplicar medidas correctivas, estas deben permitir que los estudiantes reflexionen y aprendan de la experiencia vivida, para los cual es necesario contar con el compromiso de los padres de familia, a fin de contribuir con la formación integral del estudiante.

Ø Toda medida de corrección de ser muy respetuosa de sus derechos, reparadora y formativa, de sus integridad física, síquica y moral de las y los estudiantes.

Ø Informe a la superioridad.

ART. 44. DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.

Son pautas generales de comportamiento aplicables a la vida escolar, y comunes a todos los estudiantes, salvo los casos en que haya que diferenciarlas en función el desarrollo evolutivo. Giran en torno a los siguientes aspectos básicos:

Ø Actividad académica: atención en clases que implica entre otros, el no distraer a los compañeros.

Ø Presentación de las tareas y trabajos a tiempo.

Ø Salud e higiene: cuidado de la salud consumiendo alimentos saludables, protegerse del cambio climático, no exponerse al frío si ha transpirado. Aseo personal, manos limpias, vestimenta limpia e idónea.

Ø Asistencia y puntualidad: no faltar y llegar a tiempo a la IE.

Ø Cuidado del material propio, ajeno y de la IE: cuidar sus cosas y de los demás. Pedir permiso para usar lo que no es suyo. Tratar con cuidado la infraestructura y mobiliario de la IE:

ART. 45. DE LAS NORMAS PARA EL TRABAJO REMOTO

Se ha actualizado nuestras normas de convivencia institucionales, teniendo en cuenta que se está realizando un trabajo remoto, es decir a distancia; por lo que las pautas de comportamiento girarán en torno a lo siguiente:

1. Mantenemos comunicación constante, oportuna y respetuosa entre directivo, docentes, padres de familia y estudiantes, a través de los diversos medios de comunicación que permitan el logro efectivo de los aprendizajes.

2. Docentes, padres de familia y estudiantes evitamos compartir información, a personas ajenas a la IE, sobre correos, números de celular, ni claves de acceso a las reuniones virtuales programadas para las actividades de reforzamiento académico y/o tutorial.

3. Cuidamos nuestro lenguaje y presentación personal durante los momentos de interacción virtual entre directivo, docentes, padres de familia y estudiantes.

4. Detectamos y reportamos a los estamentos respectivos de la IE, de manera oportuna, situaciones de riesgo que atenten contra la integridad de los miembros de la comunidad educativa, en especial de nuestros estudiantes; por ello, es necesario contar con el acompañamiento y monitoreo de sus padres.

5. Cumplimos con nuestras funciones como padres de familia, estudiantes, directivo y docentes, sin delegar responsabilidades a terceras personas, con el fin de favorecer el desarrollo óptimo de la estrategia APRENDO EN CASA y la propuesta de la IE, para así lograr la participación efectiva de los estudiantes Bernardinos en el desarrollo de sus competencias.

6. Respetamos los horarios asignados para las actividades académicas (acompañamiento, asesoría y retroalimentación), atención a padres de familia y trabajo administrativo, fortaleciendo el valor del respeto.

CAPITULO VII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 46. El año lectivo escolar empieza el 15 de marzo y concluye el 17 de diciembre, distribuidas en 36 semanas lectivas con un período vacacional de cuatro semanas para los estudiantes y 8 semanas de gestión”.

Art. 47. El período de las semanas de gestión, comprende entre otros las siguientes acciones:

a) Inicio del trabajo en la IE.

b) Registro de calificaciones pendientes del año escolar 2020 en el SIAGIE.

c) Elaboración de documentos: Proyecto Educativo Institucional, PCI, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno.

d) Distribución de calendario cívico escolar.

e) Elaboración de proyecto ambiental y gestión de riesgo.

f) Determinación de la calendarización escolar.

g) Planificación de Unidades Didácticas y Actividades de Aprendizajes Significativos.

h) Planificación del año 2022.

Art. 48. Los documentos principales, Plan Anual y Reglamento Interno serán aprobados mediante resoluciones por la dirección.

Art. 49. La jornada laboral se desarrolla en 6 horas pedagógicas.

Art.50. Las solicitudes para la exoneración de Formación Religiosa y Educación Física se presentarán a más tardar hasta fines de marzo con la documentación debida.

Art. 51. La calendarización del año académico comprende 36 semanas o 1080 horas.

CAPITULO VIII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 52. La I.E. Nº 10227 presta servicio educativo a los niños(as) de 3 a 12 años de edad.

Art. 53. En el presente año funcionará un solo turno atendiendo a población estudiantil de:

Turno de la mañana: 3, 4 y 5 años del nivel inicial

: 1°,2°, 3°, 4º, 5º y 6º del nivel primaria.

Art. 54. La jornada laboral es como sigue:

- Del Director: 40 horas semanales

- De los Docentes: 30 horas semanales

Art.55. De las inasistencias y tardanzas injustificadas. Se dará a conocer cada fin de mes, a la UGEL.

Art. 56. El horario establecido para el docente es de:

Turno de la mañana 7:45 a.m. a 1.00 p.m.

Se considera la hora de ingreso a las 8:01 a.m. y a partir de esa hora se considera tardanza.

Art. 57. Las inasistencias injustificadas son acreedoras del descuento respectivo, tres tardanzas generan un día de descuento. La Dirección de la I.E, será quien controle la asistencia de los profesores.

Art. 58. Los docentes tienen derecho a las licencias de conformidad a los dispositivos legales vigentes.

Art. 59. Los docentes tienen derecho a los siguientes permisos:

a) Un día al año por su cumpleaños.

b) Un día de permiso por el día del maestro.

Art. 60. Para los alumnos, rige el siguiente horario:

- Turno de la mañana: de lunes a viernes

Entrada: 8:00 a.m. Hasta las 1:00 p.m.

Recreo: 11:00 am hasta las 11:30 am

Salida: 1:00 p.m.

Art. 61. Las inasistencias de los alumnos serán justificadas por sus padres ante el profesor de aula en la misma semana.

Art. 62. De acuerdo a las normas el 30% de inasistencias genera el retiro del alumno, sin promoción.

Art. 63. Son documentos oficiales de la escuela:

a) Constitución Política del Perú

b) Ley General de Educación y su Reglamento.

c) Proyecto Educativo Institucional.

d) Propuesta Curricular Institucional.

e) Plan Anual de Trabajo.

f) Ley del profesorado modificatoria.

g) Normas para el inicio del año escolar R.VM. Nº 273-2020-ED

h) Registro de asistencia del profesor.

i) Libro de actas.

j) Inventario físico de la I.E.

k) Fichero actualizado.

l) Nóminas de matrícula.

m) Registro de evaluación y asistencia.

n) Actas de evaluación.

o) Padrón de padres de familia por grados.

p) Registros estadísticos.

q) Otros documentos.

Art.64. El profesor de aula debe tener en cuenta los documentos siguientes, actualizados.

a) Organigrama de la I.E.

b) Organigrama del aula.

c) Calendarización.

d) Plan operativo del aula.

e) Reglamento interno de aula.

f) Plan de tutoría a nivel de aula.

g) Calendario cívico escolar.

h) Calendario ambiental

i) Fechas cívicas programadas en la I.E.

j) Plan de estudios de los grados a cargo.

k) Inventario de aula.

l) Cuadro estadístico por edad y sexo.

m) Gráfico de barras.

n) Perfil educativo del niño y del docente.

o) Nómina de alumnos.

p) Razón social (padrón con origen del niño)

q) Acta de constitución del comité de aula.

r) Comité de aula: objetivos, funciones, integrantes.

s) Estado de matrícula al inicio del año.

t) Organigrama del Municipio Escolar a nivel de la I.E.

u)

Diagnóstico

Demandas de padres de familia a la escuela.

v) Demandas y características del niño o niña

w) Calendario comunal.

x) Plan lector.

Art. 65. El Director, docentes, alumnos y padres de familia, son los responsables de velar por el mantenimiento, conservación y seguridad del local escolar.

CAPITULO IX

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 66. La Institución Educativa funcionará pedagógicamente y administrativamente, de lunes a viernes con el siguiente horario.

a) Pedagógicamente desde las 8:00 a.m. hasta las 1:00 p.m. por la mañana, con seis horas pedagógicas.

b) El funcionamiento de la Institución Educativa, está diseñada en su organigrama, que visualiza su composición, organización de los estamentos y el personal que las integra tales como:

- Directivo

- Docentes

- Alumnado.

Art. 67. El personal docente está integrado por tres docentes del nivel inicial y seis docentes del nivel primario.

Art. 68. Los educandos son menores que comprenden a los alumnos matriculados de ambos sexos que pertenecen al nivel inicial y Primario.

Art. 69. El directivo: comprende un Director.

CAPITULO X

MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

Art. 70. La matrícula y la ratificación de la matrícula se realizan en el mes de enero para los estudiantes de 3, 4 y 5 años del nivel inicial y de 1° grado a 6° grado, matrícula y ratificación.

Art. 71. Son requisitos mínimos para la matrícula. Partida de nacimiento, DNI y la presencia del padre de familia o apoderado previa presentación de carta poder.

Art. 72. Se ratifica la matrícula, con la libreta de calificaciones y la presencia del padre o apoderado.

Art. 73. Al ingresar al nivel inicial los niños deben haber cumplido 3 años al 31 de marzo y en el nivel primario al primer grado los niños deben tener 6 años al 31 de marzo.

Art. 74. El director de la I.E, aprobará por decreto directoral, la nómina de matrícula.

Art. 75. Los traslados de matrícula de los estudiantes de una institución educativa a otra se realizarán hasta dos meses antes de finalizar el año escolar (octubre).

Art. 76. El traslado de los alumnos lo autorizará el director de la I.E. previa presentación de los siguientes requisitos:

- Solicitud dirigida al director de la I.E.

- Constancia de vacante aprobada por la I.E. donde continuará sus estudios.

Art.77. Es obligación del director entregar al alumno la documentación correspondiente a través del padre de familia o apoderado.

Art.78. La evaluación del educando se hará en forma integral, permanente y flexible; de conformidad con la Directiva Nº 004-VMGP-2005, aprobada por R.M.N° 0234-2005-ED)

Art. 79. En la evaluación de comportamiento del educando se considera los siguientes criterios:

- Puntualidad.

- Responsabilidad.

- Honestidad.

- Solidaridad.

- Respeto a su persona y hacia los demás.

- Participación del padre de familia o apoderado en la I.E.

Art. 80. La evaluación del comportamiento, no se considera para determinar la promoción del alumno(a)

Art. 81. Los padres de familia y los alumnos deben ser informados por el profesor de aula, de los progresos del aprendizaje de sus menores hijos(as) en forma bimestral o cuando el padre lo solicite.

Art. 82. Al finalizar el año lectivo en el informe de mis progresos, consignar en forma visible y clara la situación del educando en los términos siguientes:

- Aprobado.

- Requieren recuperación.

- Repiten.

- Retirado.

Art. 83. El director de la I.E. otorgará el certificado de nivel a quienes concluyan satisfactoriamente los estudios de educación primaria. Es gratuito. Para solicitar el certificado por segunda vez tendrá un costo de 20.00 soles.

CAPITULO XI

DE LA RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON EL CONCEJO INSTITUCIONAL

Art. 84. El director coordinará estrechamente con las diversas autoridades, comunidad e instituciones.

Art. 85. El Consejo Institucional, es el órgano de participación representativo de la comunidad de padres de familia de la I.E. Nº 10227, la misma que tiene que ser reconocida por la dirección de la I.E.

Art. 86. Son facultades y funciones del concejo directivo:

a. Hacer cumplir los acuerdos adoptados por la asamblea general.

b. Formular y ejecutar al inicio de su gestión el PAT, en coordinación con el director de la I.E.

c. Conducir la marcha de la asociación, de acuerdo a las políticas aprobadas por la asamblea general.

d. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento, el estatuto y los acuerdos tomados por la Asamblea General.

e. Administrar las rentas de la asociación.

f. Llevar los libros de actas de las sesiones del Consejo Directivo y de la Asamblea General.

g. Designar las comisiones necesarias para la aprobación de los fines de la asociación.

h. Presentar los informes de la gestión anual y acuerdos para su aprobación en la Asamblea General.

i. Proponer las cuotas ordinarias y extraordinarias en la Asamblea General, debidamente justificadas.

j. Mantener informados a los Padres de Familia sobre las actividades realizadas.

k. Establecer el monto de las multas.

l. Promover relaciones con otras instituciones y celebrar convenios previa coordinación y aprobación del Director de la I.E. con organismos nacionales e internacionales, en beneficios de los educandos.

CAPITULO XII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONEI

Art. 87. El CONEI es una instancia consultora de la Institución Educativa, es de carácter voluntario.

Se reunirá por lo menos como mínimo 3 veces al año.

Art. 88. Son Funciones del CONEI:

- Emitir opiniones acerca de cualquier tema que el Director decida consultarle.

- Opinar acerca de propuestas tales como:

a) Proyecto de Educación Institucional.

b) Plan de Trabajo Anual.

c) Reglamento Interno.

d) Informe de la Gestión del Director.

- Opinar acerca de los balances semestrales y final de la APAFA, así como el balance de los ingresos propios de la Institución Educativa si los hubiere.

Art. 89. Miembros del CONEI

- El CONEI está presidido por el Director, un representante de los docentes de cada nivel educativo, un padre de familia, un estudiante, un ex alumno y un representante de las instituciones de la comunidad directamente involucradas en el apoyo al P.E.I.

Art. 90. Elección de sus Miembros:

- Los representantes del CONEI serán elegidos por la votación de la mayoría de Padres de Familia.

- La Dirección de la Institución Educativa decide la modalidad que usará para la elección.

- La elección se realizará dentro de los últimos treinta días útiles del año lectivo, el mandato dura dos años.

- No hay reelección para el Padre de Familia.

- El Director debe constituir el CONEI en el plazo de 10 días calendarios, a partir de la fecha en que se elija a los miembros de los representantes de padres.

CAPITULO XIII

DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA ENTIDAD EDUCATIVA

Art. 91. Del Régimen Económico

Se consideran como recursos de la IE:

a) Los fondos del Consejo Directivo de Padres de Familia, recaudados por acuerdos de la Asamblea General.

b) Los fondos que recaude la Institución Educativa de las actividades que realice y recursos propios.

c) De las donaciones obtenidas debido a gestiones del personal directivo, docente y padres de familia.

Art. 92. Administración de Recursos.

a) Los fondos de la asociación de padres de familia, serán administrados por el Consejo Directivo de la APAFA.

b) Todo movimiento económico que haga la Junta Directiva será de acuerdo al Plan Anual de Trabajo en coordinación con la Dirección y docentes de la Institución.

Art. 93. Toda actividad realizada por la escuela, o donación recibida, serán administrados por la Dirección, en coordinación con el Consejo Educativo Institucional.

CAPITULO XIV

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 94. El presente Reglamento Interno, estará en vigencia desde la fecha de su aprobación por Decreto Directoral y será de fiel cumplimiento de todos los estamentos que conforman la escuela.

Art. 95. El mes de diciembre de cada año, se actualizará el reglamento Interno.

Art. 96. El presente reglamento, tiene carácter flexible, por lo tanto está condicionado a continuos ajustes de acuerdo a circunstancias legales y necesidades de la I.E.

Art. 97. Los aspectos no contemplados de este Reglamento serán tratados de acuerdo a la Ley de Educación Nº 28044 y otras disposiciones que se encuentran vigentes, por el director y se hará otro artículo más en el Reglamento Interno.

San Bernardino, enero de 2021