Conceptos básicos de la Ley N° 30364

A continuación, presentamos los conceptos básicos contenidos en la Ley N° 30364 que deben manejar quienes gestionen el Observatorio Regional.

4.1 Violencia contra las mujeres

La Ley N° 30364, Ley Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, define a la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta que les causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico por su condición de tales, tanto en el ámbito público como en el privado”. Se entiende por violencia contra las mujeres:

1. La que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer. Comprende, entre otros, violación, maltrato físico o psicológico y abuso sexual.

2. La que tenga lugar en la comunidad, sea perpetrada por cualquier persona y comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar.

3. La que sea perpetrada o tolerada por los agentes del estado, donde quiera que ocurra.

4.2 Violencia contra los integrantes del grupo familiar

La Ley 30364, la define como cualquier acción o conducta que le causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro del grupo familiar.

4.3 Violencia de género

Es cualquier acción o conducta, basada en el género y agravada por la discriminación proveniente de la coexistencia de diversas identidades (raza, clase, identidad sexual, edad, pertenencia étnica, entre otras), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una persona, tanto en el ámbito público como en el privado.

Se trata de aquella violencia que ocurre en las sociedades donde las personas creen en la superioridad de lo masculino sobre lo femenino, generando privilegios y servicios a favor de aquellas personas que asumen el rol masculino y exigen, a través de la persuasión y sanción social, una subordinación de las personas que asumen conductas tradicionalmente femeninas.

Así, la violencia de género, o basada en género, en su mayoría, afecta a mujeres y personas LGTBI que cumplen el rol femenino, asignado por la sociedad.

4.4 Tipos de violencia

1. Violencia física. Es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación.

2. Violencia psicológica. Es la acción o conducta, tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos.

3. Violencia sexual. Acciones de naturaleza sexual que se cometen contra una persona sin su consentimiento o bajo coacción. Incluyen actos que no involucran penetración o contacto físico alguno. Asimismo, se consideran tales la exposición a material pornográfico y que vulneran el derecho de las personas a decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva, a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación.

4. Violencia económica o patrimonial. Es la acción u omisión que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de cualquier persona, a través de:

- la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;

- la pérdida, sustracción, destrucción, retención o apropiación indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;

- la limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; así como la evasión del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias;

- la limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.

4.5 Modalidades de violencias

Acoso sexual en espacios públicos

Trata con fines de explotación sexual

Acoso político

Violencia en conflictos sociales

Violencia en conflicto armado

Violencia en las nuevas tecnologías de la información

Violencia en la relación de pareja

Feminicidio y tentativa de feminicidio

Hostigamiento sexual

Violencia obstétrica

Esterilizaciones forzadas

Violencia hacia mujeres con discapacidad

Violencia hacia mujeres con VIH

Violencia contra las mujeres migrantes

Mujeres privadas de su libertad

Violencia por orientación sexual e identidad de género