Admisión

Proceso mediante el cual los estudiantes acceden a una Vacante de un programa de estudios que oferta el IES y EEST. La convocatoria y los procedimientos para la admisión a programas de estudios son responsabilidad de cada IES y EEST.

Los IES y EEST públicos podrán convocar procesas e admisión hasta dos Veces al año. Asimismo, determinan el número de Vacantes, bajo criterios de pertinencia institucional, operativa, docente, infraestructural y presupuestal.

Los IES públicos. luego del licenciamiento, solicitan la aprobación del número de vacantes ante la Dirección Regional de Educación, la cual evalúa la solicitud y brinda la aprobación correspondiente a través de la resolución respectiva. En los casos que varíen las condiciones que tenía la institución al momento de solicitar la aprobación del número de vacantes, referidas a las Condiciones Básicas de Calidad corresponde solicitar una nueva aprobación del número de vacantes.

Los IES y EEST privados realizan la determinación del número de Vacantes, de acuerdo a su capacidad operativa, garantizando el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, en el marco de la normativa vigente. No requiere autorización para tal efecto.

LOS IES EEST públicos y privados publican el número de Vacantes, a través de medios virtuales o material impreso.

Una vez finalizado el proceso de admisión, los IES y EES pueden ampliar vacantes para el proceso de admisión, siempre que el número de sus postulantes con calificación aprobatoria exceda el número de las vacantes otorgadas y cuenten con capacidad operativa y presupuestal. Para tal efecto, el IES público solicita la aprobación de la ampliación del número de vacantes ante la Dirección Regional de Educación, la cual evalúa la solicitud y brinda la aprobación correspondiente a través de la resolución respectiva.

El proceso de admisión, así como las disposiciones promocionales para la admisión y el otorgamiento de beneficios a los deportistas calificados, estudiantes talentosos, aquellos que están cumpliendo servicio militar y otros contemplados en el marco normativo vigente, deben estar contemplados en el Reglamento Institucional del IES o EEST.

Modalidades de admisión

a) Ordinaria

Se realiza periódicamente a través de una evaluación considerando condiciones de calidad para cubrir número de vacantes de acuerdo al orden de mérito.

b) Por exoneración

Contempla la admisión a deportistas calificados, a estudiantes talentosos y a aquellos que están cumpliendo servicio militar voluntario, de conformidad con la normativa vigente.

c) Por ingreso extraordinario

Este proceso de admisión se autoriza por el MINEDU y se implementa para las becas y programas, conforme a la normativa en materia.

Para el de los IES y EEST públicos, el proceso de admisión deberá cumplir con disposiciones complementarias y conexas que emita el MINEDU.

Durante el proceso de admisión el IES y FEST, garantizan lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad. la Ley N° 28592 Ley que fomenta la reinserción escolar por embarazo, la Ley N° 30490 Ley de la persona Adulta Mayor, la Ley N°29643 Ley que otorga la protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, en cuanto sea aplicable y otras normas según corresponda.

El proceso de admisión debe establecerse en el Reglamento Institucional. Para el caso de IES y EEST privadas, dicho reglamento contiene entre otros, las modalidades de pago, costos e incrementos, de ser el caso.