SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES EN GESTIÓN DE RIESGO
Las autoridades, funcionarios, servidores y empleados públicos, así como personas naturales y jurídicas, que incumplan sus responsabilidades establecidas en la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, serán sancionados administrativa, civil y hasta penalmente.
Así lo explicaron, los especialistas del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres-CENEPRED, Pedro Chávez Cabrera y Augusto Zegarra Peralta, durante el taller de capacitación dirigido a funcionarios del Gobierno Regional sobre los alcances de la nueva ley.
El evento fue inaugurado por el vicepresidente regional, Lic. Juan Pablo Horna Santa Cruz y contó con la asistencia del gobernador político, Marco Flores Bustamante y el director de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Gobierno Regional, Julio Iriogyn.
Se informó que SINAGERD reemplaza al Sistema Nacional de Defensa Civil, el cual no consideraba sanciones para aquellos que evadían su rol en la prevención y atención de emergencias y desastres.
SINAGERD, es un organismo interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, encargado de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos peligros, preparación y atención ante situaciones de inseguridades.
Está compuesto por la Presidencia del Consejo de Ministros, que será el ente rector; el Consejo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), los gobiernos regionales y gobiernos locales, las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y entidades privadas.
Los procedimientos serán regidos a la gestión prospectiva (acciones que se planifican y realizan con el fin de evitar y prevenir un riesgo futuro), correctiva (para corregir y mitigar el daño) y reactiva (medidas destinadas a enfrentar los desastres).
Asimismo, se establece que la implementación de la gestión del riesgo se logra a través de los procesos: Estimación del Riesgo, Prevención y Reducción del Riesgo y Reconstrucción a cargo del CENEPRED y Preparación, Respuesta y Rehabilitación por parte del INDECI.
En ese sentido, CENEPRED e INDECI serán organismos de asesoramiento técnico para los gobiernos regionales y locales, quienes serán los ejecutores de la gestión del riesgo en su jurisdicción.
La ley establece que los GR y los GL deberán constituir Grupos de Trabajo (reemplazando a los Comité Regionales y Locales de Defensa Civil), para este propósito, el cual estará integrado por funcionarios de niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad.
(OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL)



