VEHÍCULOS TENDRÁN LUCES ENCENDIDAS DURANTE EL DÍA

Con el objetivo de reducir los altos índices de accidentes de tránsito en las carreteras; la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones a cargo del Lic. Miguel Ángel Paz Vélez, comunica que según lo dispuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante el Decreto Supremo 025-2011-MTC, se establecio el uso obligatorio de las luces bajas durante las 24 horas del día por parte de los vehículos que se desplacen por la Red Vial Nacional, Departamental o Regional.

Además, contempla la norma que de no transitar en la forma indicada, el conductor será sancionado con una multa de S/. 288.00 Nuevos Soles y la retención del vehículo, debido a que la falta es considerada como una infracción grave. Cabe resaltar que esta disposición sirve como medida de prevención ante los accidentes en las vías puesto que tendrán un mejor control de las velocidades y las distancias.

Por su parte, el Abg. Miguel Ángel Silva Pérez, Director de Circulación Terrestre de Lambayeque señala que en el caso de los vehículos motorizados, estos deberán circular en las vías urbanas con la luz baja cuando corresponda; pero en las carreteras y caminos que formen parte de la Red Vial Nacional, Departamental o Regional sus luces deben estar prendidas de manera permanente durante todo el día.

Finalmente, el Lic. Paz Vélez informa que durante un período de 60 días, las papeletas que se apliquen en la red vial tendrán únicamente efectos educativos.

VEHÍCULOS TENDRÁN LUCES ENCENDIDAS DURANTE EL DÍA

Con el objetivo de reducir los altos índices de accidentes de tránsito en las carreteras; la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones a cargo del Lic. Miguel Ángel Paz Vélez, comunica que según lo dispuesto por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante el Decreto Supremo 025-2011-MTC, se establecio el uso obligatorio de las luces bajas durante las 24 horas del día por parte de los vehículos que se desplacen por la Red Vial Nacional, Departamental o Regional.

Además, contempla la norma que de no transitar en la forma indicada, el conductor será sancionado con una multa de S/. 288.00 Nuevos Soles y la retención del vehículo, debido a que la falta es considerada como una infracción grave. Cabe resaltar que esta disposición sirve como medida de prevención ante los accidentes en las vías puesto que tendrán un mejor control de las velocidades y las distancias.

Por su parte, el Abg. Miguel Ángel Silva Pérez, Director de Circulación Terrestre de Lambayeque señala que en el caso de los vehículos motorizados, estos deberán circular en las vías urbanas con la luz baja cuando corresponda; pero en las carreteras y caminos que formen parte de la Red Vial Nacional, Departamental o Regional sus luces deben estar prendidas de manera permanente durante todo el día.

Finalmente, el Lic. Paz Vélez informa que durante un período de 60 días, las papeletas que se apliquen en la red vial tendrán únicamente efectos educativos.