DIFUNDEN LEY DE CREACION DE PROGRAMA DE RIEGO TECNIFICADO

La Dirección Regional de Agricultura en coordinación con la Administración Local de Aguas del valle Chancay-Lambayeque, y el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), en reunión de trabajo con asistencia de técnicos, representantes de organizaciones agrarias, así como agricultores desarrollaron importantes temas sobre la Ley Nº 29338: Ley de recursos Hídricos y su Reglamento y la Ley Nro. 28585: Ley de Creación del Programa de Riego Tecnificado y Sobre el Sistema de Riego Tecnificado con sus componentes para promocionar el remplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector agropecuario y conocer los componentes y características básicas de los diversos elementos que conforman un sistema de riego tecnificado por gravedad o accesorios que conforman un Sistema de Riego por parcela.
En lo referente a la Ley de Creación del Programa de Riego Tecnificado, el Ing. Cristian Reque Abad, especialista del PSI indicó que para la implementación de la Ley Nº 28585 a solicitud de los Gobiernos Regionales y Locales, el Ministerio de Agricultura proporcionará el apoyo técnico necesario quienes a su vez dictarán las medidas necesarias para su implementación en sus jurisdicciones por declararse de necesidad y utilidad pública la creación del Programa de Riego Tecnificado.
De acuerdo al Reglamento Nº 004-2006-AG norma las iniciativas del sector Público en materia de riego tecnificado, definiendo los alcances del Programa y su Articulación Nacional, Regional y Local, así como los beneficiarios, la asignación de incentivos de riego tecnificado y los proyectos a ser financiados.
El reglamento considera el aporte que parte del financiamiento es a cargo de los beneficiarios, que son el Productor Agrario u Organización Agraria, concurso para la selección competitiva por calificación clara y transparente; crédito financiado por el COFIDE, cuyo ente rector es el órgano o entidad del sector público funcional en materia de tecnificación de riego.
Así mismo dentro de las iniciativas contempla la instalación de sistemas de riego, uso de procedimientos, otorgamiento de incentivos, fomento de la difusión y adopción de cambios, promover el fortalecimiento institucional, asistencia técnica y financiera y la viabilidad económica, social y ambiental entre otros.
El Ing. Germán Fernández Santoyo consultor en fertiriego del PSI detalló los componentes del sistema de riego tecnificado para que permita a los técnicos y a los agricultores conocer los componentes y características básicas de los diversos elementos que conforman un sistema de riego tecnificado por gravedad o puedan identificar los elementos y accesorios que componen un sistema de riego de parcela.
El riego tecnificado es el agua aplicado al cultivo debidamente conducida y distribuida de tal manera que se produzcan escasas pérdidas por infiltración o evaporación; cuya fuente de agua como elemento importante determina la cantidad de área que se puede regar, que puede ser un rio, canal de riego o un pozo tubular.

Ley De Recursos Hídricos y su Reglamento

El Ing. Wildor Olano Fernández, Administrador Local de Aguas del valle Chancay-Lambayeque se refirió a la Ley Nº 29338: Ley de Recursos Hídricos que fue promulgada por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG que aprueba el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, caracterizada por incremento de su demanda, los efectos del cambio climático, los altos niveles de contaminación de las fuentes naturales, la insuficiencia de conocimientos en su manejo y gestión, la baja participación y compromiso de la población en el uso y gestión de este recurso.
Esta Ley y su reglamento contribuyen a su modernización de los recursos hídricos del país, se crea como primera instancia administrativa y como última instancia al Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.
Este nuevo marco jurídico en materia de recursos hídricos, considera como Unidad de Gestión a la cuenca hidrográfica, en torno a la cual conformarán las diferentes instancias administrativas de la autoridad, así como; los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca para planificar participativamente su desarrollo. También considera a las cuencas transfronterizas así como las sub cuencas amazónicas con las particularidades inherentes a su gestión.

Chiclayo, 01 de Marzo del 2011


OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA LAMBAYEQUE

DIFUNDEN LEY DE CREACION DE PROGRAMA DE RIEGO TECNIFICADO

La Dirección Regional de Agricultura en coordinación con la Administración Local de Aguas del valle Chancay-Lambayeque, y el Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI), en reunión de trabajo con asistencia de técnicos, representantes de organizaciones agrarias, así como agricultores desarrollaron importantes temas sobre la Ley Nº 29338: Ley de recursos Hídricos y su Reglamento y la Ley Nro. 28585: Ley de Creación del Programa de Riego Tecnificado y Sobre el Sistema de Riego Tecnificado con sus componentes para promocionar el remplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector agropecuario y conocer los componentes y características básicas de los diversos elementos que conforman un sistema de riego tecnificado por gravedad o accesorios que conforman un Sistema de Riego por parcela.
En lo referente a la Ley de Creación del Programa de Riego Tecnificado, el Ing. Cristian Reque Abad, especialista del PSI indicó que para la implementación de la Ley Nº 28585 a solicitud de los Gobiernos Regionales y Locales, el Ministerio de Agricultura proporcionará el apoyo técnico necesario quienes a su vez dictarán las medidas necesarias para su implementación en sus jurisdicciones por declararse de necesidad y utilidad pública la creación del Programa de Riego Tecnificado.
De acuerdo al Reglamento Nº 004-2006-AG norma las iniciativas del sector Público en materia de riego tecnificado, definiendo los alcances del Programa y su Articulación Nacional, Regional y Local, así como los beneficiarios, la asignación de incentivos de riego tecnificado y los proyectos a ser financiados.
El reglamento considera el aporte que parte del financiamiento es a cargo de los beneficiarios, que son el Productor Agrario u Organización Agraria, concurso para la selección competitiva por calificación clara y transparente; crédito financiado por el COFIDE, cuyo ente rector es el órgano o entidad del sector público funcional en materia de tecnificación de riego.
Así mismo dentro de las iniciativas contempla la instalación de sistemas de riego, uso de procedimientos, otorgamiento de incentivos, fomento de la difusión y adopción de cambios, promover el fortalecimiento institucional, asistencia técnica y financiera y la viabilidad económica, social y ambiental entre otros.
El Ing. Germán Fernández Santoyo consultor en fertiriego del PSI detalló los componentes del sistema de riego tecnificado para que permita a los técnicos y a los agricultores conocer los componentes y características básicas de los diversos elementos que conforman un sistema de riego tecnificado por gravedad o puedan identificar los elementos y accesorios que componen un sistema de riego de parcela.
El riego tecnificado es el agua aplicado al cultivo debidamente conducida y distribuida de tal manera que se produzcan escasas pérdidas por infiltración o evaporación; cuya fuente de agua como elemento importante determina la cantidad de área que se puede regar, que puede ser un rio, canal de riego o un pozo tubular.

Ley De Recursos Hídricos y su Reglamento

El Ing. Wildor Olano Fernández, Administrador Local de Aguas del valle Chancay-Lambayeque se refirió a la Ley Nº 29338: Ley de Recursos Hídricos que fue promulgada por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG que aprueba el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, caracterizada por incremento de su demanda, los efectos del cambio climático, los altos niveles de contaminación de las fuentes naturales, la insuficiencia de conocimientos en su manejo y gestión, la baja participación y compromiso de la población en el uso y gestión de este recurso.
Esta Ley y su reglamento contribuyen a su modernización de los recursos hídricos del país, se crea como primera instancia administrativa y como última instancia al Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.
Este nuevo marco jurídico en materia de recursos hídricos, considera como Unidad de Gestión a la cuenca hidrográfica, en torno a la cual conformarán las diferentes instancias administrativas de la autoridad, así como; los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca para planificar participativamente su desarrollo. También considera a las cuencas transfronterizas así como las sub cuencas amazónicas con las particularidades inherentes a su gestión.

Chiclayo, 01 de Marzo del 2011


OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA LAMBAYEQUE