CONTRALORÍA IDENTIFICA PRESUNTA RESPONSABILIDAD PENAL EN GOBERNADOR DÍAZ BRAVO AL DESIGNAR AL EXJEFE DEL COER, HOY DESTITUIDO POR IRREGULARIDADES

La Contraloría General de la República identificó presunta responsabilidad administrativa funcional y también penal, por la existencia de elementos que denotan indicios de comisión de delito; situación que se ha evidenciado por el accionar del gobernador regional Luis Alberto Díaz Bravo, quien mediante resolución ejecutiva encargó temporalmente y de manera excepcional en el cargo de confianza de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana a César Manuel Urpeque Morales, funcionario que no reunía el perfil establecido para ostentar el citado puesto.
Igualmente, la Contraloría reveló los argumentos jurídicos por presunta responsabilidad administrativa funcional en César Urpeque, quien en el ejercicio del cargo de jefe y posteriormente como asistente logístico de la citada oficina, hizo uso indebido de su acceso al sistema de gestión documentaria, correo institucional y logos de la entidad, para formular presuntos requerimientos para la adquisición de ayuda humanitaria, sin acreditar la finalidad pública, afectando el correcto funcionamiento de la administración pública y la imagen del Gobierno Regional de Lambayeque.
Por lo tanto, señala la investigación de la Contraloría, se evidencia que el gobernador regional Luis Díaz Bravo, con la anuencia del secretario general y el jefe de Asesoría Jurídica del GORE, encargó el cargo de confianza de jefe de dicha oficina a César Manuel Urpeque Morales, a pesar de que no cumplía con el perfil establecido en la Hoja de Especificaciones de Funciones de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana que forma parte del Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional.
La Contraloría precisa que las condiciones de la presunta responsabilidad penal contra Luis Díaz Bravo, están basadas en que la conducta típica descrita en el primer párrafo del artículo 381° del Código Penal es la de ?nombrar o designar para ocupar un cargo a una persona particular u otro funcionario o servidor público que no reúne los requisitos exigidos legalmente para un cargo determinado...".
De acuerdo al informe firmado por Miguel Antonio López Sosa, abogado de la Comisión Auditora de la Contraloría, identificó presunta responsabilidad administrativa funcional en "Encargatura y aceptación de cargo de confianza por parte de funcionario público sin cumplir el perfil establecido en los documentos de gestión, que afectó el correcto funcionamiento de la administración pública".
En la exposición de sus argumentos jurídicos, la Contraloría da cuenta que Luis Alberto Díaz Bravo ejerció el cargo de gobernador regional desde el 13 de mayo de 2021 al 25 de agosto de 2022 y en su condición de tal, el 3 de julio de 2021 suscribió la Resolución Ejecutiva Regional 000379-2021-GR.LAMB por la cual se resolvió encargar temporalmente y de manera excepcional a César Manuel Urpeque Morales en el cargo de confianza de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque.
"Cabe indicar que, del texto mismo de la precitada resolución, se evidencia que el titular tenía conocimiento que dicha encargatura se realizaba sin que el funcionario cumpliera con los requisitos del cargo, ya que se indica que la encargatura se realizaba en tanto 'se designe al titular de dicho cargo que cumpla con lo0 previsto en el MOF del Gobierno Regional de Lambayeque y más por las circunstancias urgentes que el caso amerita'".
Posteriormente, el 26 de julio se le comunicó al gobernador el informe mediante el cual se identificó dicha situación adversa. Pese a ello, el gobernador provisional procedió a emitir la resolución ejecutiva 000464-2021-GR.LAMB en la que precisa que la encargatura era en adición a las funciones de César Manuel Urpeque Morales y que, en consecuencia, no generara ningún adicional a sus remuneraciones que viene percibiendo como servidor contratado bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios-CAS. Consecuentemente, se ha evidenciado que dicha encargatura fue aceptada y ejercida formalmente por César Urpeque, pese a no contar con el perfil profesional requerido para el puesto.
A pesar de ello, como jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque, de acuerdo al registro del SISGEDO, César Urpeque llegó a emitir 393 documentos registrados con su firma digital y visto como jefe encargado de dicha oficina; lo que, según la Contraloría, demuestra que dicha encargatura no se realizó en adición a sus funciones, sino que constituyó de hecho una encargatura del cargo y que, por tanto, debía cumplir con el perfil profesional requerido para dicho desplazamiento.
En tal sentido, según la Contraloría, el entonces gobernador Luis Díaz Bravo ?con su actuación incumplió lo dispuesto en la Ley Marco del Empleo Público, Ley 28175, referidos a los principios de legalidad, probidad y ética pública y mérito y capacidad que deben regir el empleo público?. De igual manera, señala, quebrantó lo dispuesto en diversos numerales del mismo dispositivo, así como en la Ley del Servicio Civil, Ley 30057, referido al principio de mérito que rige el Servicio Civil.
"En virtud de ello, las labores efectuadas por Luis Alberto Díaz Bravo debieron ser ejercidas en concordancia con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, que regulan las atribuciones del gobernador regional en ejercicio de sus funciones; así como lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Ley 31084, respecto a las restricciones de ingreso de personal en el sector público".
Adicionalmente, con su accionar -señala la Contraloría- incumplió lo dispuesto por la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, que establece: "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas".
Además, incumplió con los principios de respeto y probidad establecidos en la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Finalmente se ha podido verificar que las labores efectuadas por Luis Alberto Díaz Bravo como gobernador regional, transgredieron lo establecido en el Manual de Organización y Funciones de los Órganos de Asesoramiento del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado mediante Decreto Regional 043 el 27 de diciembre de 2013 y sus modificaciones, respecto al perfil del cargo de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque, así como lo establecido en el Manual de Organización y Funciones.
También se consideran a otros partícipes de este accionar, como Julio Armando Fernández Bartolomé, en su condición de secretario general del Gobierno Regional, a quien se le atribuye presunta responsabilidad administrativa funcional. j

CONTRALORÍA IDENTIFICA PRESUNTA RESPONSABILIDAD PENAL EN GOBERNADOR DÍAZ BRAVO AL DESIGNAR AL EXJEFE DEL COER, HOY DESTITUIDO POR IRREGULARIDADES

La Contraloría General de la República identificó presunta responsabilidad administrativa funcional y también penal, por la existencia de elementos que denotan indicios de comisión de delito; situación que se ha evidenciado por el accionar del gobernador regional Luis Alberto Díaz Bravo, quien mediante resolución ejecutiva encargó temporalmente y de manera excepcional en el cargo de confianza de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana a César Manuel Urpeque Morales, funcionario que no reunía el perfil establecido para ostentar el citado puesto.
Igualmente, la Contraloría reveló los argumentos jurídicos por presunta responsabilidad administrativa funcional en César Urpeque, quien en el ejercicio del cargo de jefe y posteriormente como asistente logístico de la citada oficina, hizo uso indebido de su acceso al sistema de gestión documentaria, correo institucional y logos de la entidad, para formular presuntos requerimientos para la adquisición de ayuda humanitaria, sin acreditar la finalidad pública, afectando el correcto funcionamiento de la administración pública y la imagen del Gobierno Regional de Lambayeque.
Por lo tanto, señala la investigación de la Contraloría, se evidencia que el gobernador regional Luis Díaz Bravo, con la anuencia del secretario general y el jefe de Asesoría Jurídica del GORE, encargó el cargo de confianza de jefe de dicha oficina a César Manuel Urpeque Morales, a pesar de que no cumplía con el perfil establecido en la Hoja de Especificaciones de Funciones de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana que forma parte del Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional.
La Contraloría precisa que las condiciones de la presunta responsabilidad penal contra Luis Díaz Bravo, están basadas en que la conducta típica descrita en el primer párrafo del artículo 381° del Código Penal es la de ?nombrar o designar para ocupar un cargo a una persona particular u otro funcionario o servidor público que no reúne los requisitos exigidos legalmente para un cargo determinado...".
De acuerdo al informe firmado por Miguel Antonio López Sosa, abogado de la Comisión Auditora de la Contraloría, identificó presunta responsabilidad administrativa funcional en "Encargatura y aceptación de cargo de confianza por parte de funcionario público sin cumplir el perfil establecido en los documentos de gestión, que afectó el correcto funcionamiento de la administración pública".
En la exposición de sus argumentos jurídicos, la Contraloría da cuenta que Luis Alberto Díaz Bravo ejerció el cargo de gobernador regional desde el 13 de mayo de 2021 al 25 de agosto de 2022 y en su condición de tal, el 3 de julio de 2021 suscribió la Resolución Ejecutiva Regional 000379-2021-GR.LAMB por la cual se resolvió encargar temporalmente y de manera excepcional a César Manuel Urpeque Morales en el cargo de confianza de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque.
"Cabe indicar que, del texto mismo de la precitada resolución, se evidencia que el titular tenía conocimiento que dicha encargatura se realizaba sin que el funcionario cumpliera con los requisitos del cargo, ya que se indica que la encargatura se realizaba en tanto 'se designe al titular de dicho cargo que cumpla con lo0 previsto en el MOF del Gobierno Regional de Lambayeque y más por las circunstancias urgentes que el caso amerita'".
Posteriormente, el 26 de julio se le comunicó al gobernador el informe mediante el cual se identificó dicha situación adversa. Pese a ello, el gobernador provisional procedió a emitir la resolución ejecutiva 000464-2021-GR.LAMB en la que precisa que la encargatura era en adición a las funciones de César Manuel Urpeque Morales y que, en consecuencia, no generara ningún adicional a sus remuneraciones que viene percibiendo como servidor contratado bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios-CAS. Consecuentemente, se ha evidenciado que dicha encargatura fue aceptada y ejercida formalmente por César Urpeque, pese a no contar con el perfil profesional requerido para el puesto.
A pesar de ello, como jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque, de acuerdo al registro del SISGEDO, César Urpeque llegó a emitir 393 documentos registrados con su firma digital y visto como jefe encargado de dicha oficina; lo que, según la Contraloría, demuestra que dicha encargatura no se realizó en adición a sus funciones, sino que constituyó de hecho una encargatura del cargo y que, por tanto, debía cumplir con el perfil profesional requerido para dicho desplazamiento.
En tal sentido, según la Contraloría, el entonces gobernador Luis Díaz Bravo ?con su actuación incumplió lo dispuesto en la Ley Marco del Empleo Público, Ley 28175, referidos a los principios de legalidad, probidad y ética pública y mérito y capacidad que deben regir el empleo público?. De igual manera, señala, quebrantó lo dispuesto en diversos numerales del mismo dispositivo, así como en la Ley del Servicio Civil, Ley 30057, referido al principio de mérito que rige el Servicio Civil.
"En virtud de ello, las labores efectuadas por Luis Alberto Díaz Bravo debieron ser ejercidas en concordancia con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, que regulan las atribuciones del gobernador regional en ejercicio de sus funciones; así como lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Ley 31084, respecto a las restricciones de ingreso de personal en el sector público".
Adicionalmente, con su accionar -señala la Contraloría- incumplió lo dispuesto por la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, que establece: "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas".
Además, incumplió con los principios de respeto y probidad establecidos en la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Finalmente se ha podido verificar que las labores efectuadas por Luis Alberto Díaz Bravo como gobernador regional, transgredieron lo establecido en el Manual de Organización y Funciones de los Órganos de Asesoramiento del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado mediante Decreto Regional 043 el 27 de diciembre de 2013 y sus modificaciones, respecto al perfil del cargo de jefe de la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional de Lambayeque, así como lo establecido en el Manual de Organización y Funciones.
También se consideran a otros partícipes de este accionar, como Julio Armando Fernández Bartolomé, en su condición de secretario general del Gobierno Regional, a quien se le atribuye presunta responsabilidad administrativa funcional. j