DECRETO DE URGENCIA Nº 019-2022 GARANTIZA LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA PESCA ARTESANAL

El Ejecutivo ha dispuesto el Decreto de Urgencia Nº 019-2022 decreto de urgencia que establece medidas adicionales extraordinarias para reactivar la economía de los productores agrarios en el marco de la emergencia agraria y garantizar la continuidad de las actividades económicas vinculadas a la cadena productiva de la pesca artesanal como fuente de empleo y seguridad alimentaria y dicta otras disposiciones.

Entre las disposiciones esta la ampliación del plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1484, el Decreto de Urgencia N° 092 2021 y el Decreto de Urgencia Nº 006 2022.

Hasta el 31 de julio de 2023, se extiende el plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1484, el Decreto de Urgencia N° 092 2021 y el Decreto de Urgencia Nº 006-2022, fin de garantizar la continuidad de las actividades económicas vinculadas a la cadena productiva de la pesca artesanal, como fuente de empleo y seguridad alimentaria.

DECRETO DE URGENCIA Nº 019-2022 GARANTIZA LA CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS VINCULADAS A LA PESCA ARTESANAL

El Ejecutivo ha dispuesto el Decreto de Urgencia Nº 019-2022 decreto de urgencia que establece medidas adicionales extraordinarias para reactivar la economía de los productores agrarios en el marco de la emergencia agraria y garantizar la continuidad de las actividades económicas vinculadas a la cadena productiva de la pesca artesanal como fuente de empleo y seguridad alimentaria y dicta otras disposiciones.

Entre las disposiciones esta la ampliación del plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1484, el Decreto de Urgencia N° 092 2021 y el Decreto de Urgencia Nº 006 2022.

Hasta el 31 de julio de 2023, se extiende el plazo de vigencia del proceso de formalización previsto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1392, Decreto Legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1484, el Decreto de Urgencia N° 092 2021 y el Decreto de Urgencia Nº 006-2022, fin de garantizar la continuidad de las actividades económicas vinculadas a la cadena productiva de la pesca artesanal, como fuente de empleo y seguridad alimentaria.