22 DE ENERO 2022

COMUNICADO


Ante las diferentes reacciones que ha motivado la noticia difundida por los diversos medios de prensa respecto a la publicación dónde del jugador de futbol Julio Landauri refiere que han rechazado a sus hijos de alguna institución educativa de nuestra jurisdicción ?por el hecho de tener cabello afro y donde exigen un corte escolar para poder estudiar? UGEL CHICLAYO, considera oportuno precisar lo siguiente:
1. El Ministerio de Educación es respetuoso del derecho a la educación y de las normas nacionales e internacionales que lo establecen, así como de los diversos instrumentos de gestión que permiten y promueven su implementación. En ese sentido, ratificamos nuestro rol de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente acorde al D.S. 004-2018-MINEDU ?Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes? y el DS 005-2021-MINEDU.
2. Que en concordancia con el DS 005-2021-MINEDU ?REGLAMENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS DE EDUCACIÓN BÁSICA? y su artículo 52.6 donde se menciona que: ?El acceso y/o permanencia de las/los estudiantes en la IE privada no puede denegarse o condicionarse debido a un acto discriminatorio contra el/la estudiante o su padre y/o madre, tutor o representante legal, basado en motivos de raza, etnia, sexo, idioma, religión, opinión, filiación política, discapacidad, condición de salud, condición económica o de cualquier índole?, ello en concordancia con la Ley 27270 ?Ley contra actos de discriminación?, nuestra UGEL ha iniciado un proceso de indagación sobre lo acontecido para proceder conforme a Ley.
3. Esta gestión está abierta al diálogo con los diferentes actores de la comunidad educativa, por ello se insta a los padres de familia estudiantes o apoderados de nuestros estudiantes comunicarse con nosotros vía mesa de partes virtual de acontecer algún hecho de discriminación u otro mencionado líneas arriba.
4. Acorde con el Enfoque de Derechos, el Ministerio de Educación y consecuentemente nuestra UGEL, reconocen y garantizan el derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes, respetando su identidad, autonomía e integridad. La dignidad y la singularidad de cada persona puesto que estas son el centro de la acción pedagógica. En consecuencia, ante la incomodidad generada por los actos mencionados nos solidarizamos con el Sr Landauri, cabe resaltar que a la fecha de emisión de este comunicado hemos establecido contacto con la familia afectada y adoptaremos las acciones necesarias que permitan garantizar el acceso a la educación de todos los estudiantes de nuestra jurisdicción en el marco del respeto y la búsqueda de una sana convivencia que permita tanto el bienestar de nuestros estudiantes como el logro de los aprendizajes.

22 DE ENERO 2022

COMUNICADO


Ante las diferentes reacciones que ha motivado la noticia difundida por los diversos medios de prensa respecto a la publicación dónde del jugador de futbol Julio Landauri refiere que han rechazado a sus hijos de alguna institución educativa de nuestra jurisdicción ?por el hecho de tener cabello afro y donde exigen un corte escolar para poder estudiar? UGEL CHICLAYO, considera oportuno precisar lo siguiente:
1. El Ministerio de Educación es respetuoso del derecho a la educación y de las normas nacionales e internacionales que lo establecen, así como de los diversos instrumentos de gestión que permiten y promueven su implementación. En ese sentido, ratificamos nuestro rol de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente acorde al D.S. 004-2018-MINEDU ?Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes? y el DS 005-2021-MINEDU.
2. Que en concordancia con el DS 005-2021-MINEDU ?REGLAMENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS DE EDUCACIÓN BÁSICA? y su artículo 52.6 donde se menciona que: ?El acceso y/o permanencia de las/los estudiantes en la IE privada no puede denegarse o condicionarse debido a un acto discriminatorio contra el/la estudiante o su padre y/o madre, tutor o representante legal, basado en motivos de raza, etnia, sexo, idioma, religión, opinión, filiación política, discapacidad, condición de salud, condición económica o de cualquier índole?, ello en concordancia con la Ley 27270 ?Ley contra actos de discriminación?, nuestra UGEL ha iniciado un proceso de indagación sobre lo acontecido para proceder conforme a Ley.
3. Esta gestión está abierta al diálogo con los diferentes actores de la comunidad educativa, por ello se insta a los padres de familia estudiantes o apoderados de nuestros estudiantes comunicarse con nosotros vía mesa de partes virtual de acontecer algún hecho de discriminación u otro mencionado líneas arriba.
4. Acorde con el Enfoque de Derechos, el Ministerio de Educación y consecuentemente nuestra UGEL, reconocen y garantizan el derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes, respetando su identidad, autonomía e integridad. La dignidad y la singularidad de cada persona puesto que estas son el centro de la acción pedagógica. En consecuencia, ante la incomodidad generada por los actos mencionados nos solidarizamos con el Sr Landauri, cabe resaltar que a la fecha de emisión de este comunicado hemos establecido contacto con la familia afectada y adoptaremos las acciones necesarias que permitan garantizar el acceso a la educación de todos los estudiantes de nuestra jurisdicción en el marco del respeto y la búsqueda de una sana convivencia que permita tanto el bienestar de nuestros estudiantes como el logro de los aprendizajes.