RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 015-2020-MTC/18

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES

La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones comunica al público interesado, que a través de la Resolución Directoral N° 015-2020-MTC/18 se modifican los plazos de vigencia de las licencias de conducir y de los certificados de salud para licencias de conducir.

El Director Ejecutivo de Circulación Terrestre de la GRTC, Marco Antonio Miranda Revollar, manifestó que la vigencia es exclusiva para las licencias de conducir de vehículos automotores, cuyo vencimiento se haya producido desde el 01 de enero de 2020 hasta el 15 de agosto de 2020 de acuerdo a su categoría, según contempla la reciente norma emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC.

-La Clase A categoría IIa, la prorroga es hasta el 30 de setiembre del 2020
-Clase A categoría IIb (que se encuentren vencidas entre el 01 de enero al 30 de abril de 2020), la prorroga es hasta el 31 de octubre de 2020.
-Clase A categoría IIb (que se encuentren vencidas entre el 01 de mayo al 15 de agosto de 2020) y Clase A categoría IIIa, la prorroga es hasta el 30 de noviembre de 2020
-Clase A categoría IIIb y IIIc, la prorroga es hasta 31 de diciembre de 2020
-Clase A categoría I, la prorroga es hasta el 31 de enero de 2021.

Con relación a la de vigencia de certificados de salud, la prorroga es hasta el 31 de enero de 2021 para licencias de conducir, cuyos vencimientos se hayan producido desde el 01 de enero de 2020 hasta transcurridos quince (15) días calendario posteriores a la finalización del Estado de Emergencia Nacional debido a la pandemia del COVID - 19.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 015-2020-MTC/18

PRÓRROGA DE VIGENCIA DE LICENCIAS DE CONDUCIR PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES

La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones comunica al público interesado, que a través de la Resolución Directoral N° 015-2020-MTC/18 se modifican los plazos de vigencia de las licencias de conducir y de los certificados de salud para licencias de conducir.

El Director Ejecutivo de Circulación Terrestre de la GRTC, Marco Antonio Miranda Revollar, manifestó que la vigencia es exclusiva para las licencias de conducir de vehículos automotores, cuyo vencimiento se haya producido desde el 01 de enero de 2020 hasta el 15 de agosto de 2020 de acuerdo a su categoría, según contempla la reciente norma emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC.

-La Clase A categoría IIa, la prorroga es hasta el 30 de setiembre del 2020
-Clase A categoría IIb (que se encuentren vencidas entre el 01 de enero al 30 de abril de 2020), la prorroga es hasta el 31 de octubre de 2020.
-Clase A categoría IIb (que se encuentren vencidas entre el 01 de mayo al 15 de agosto de 2020) y Clase A categoría IIIa, la prorroga es hasta el 30 de noviembre de 2020
-Clase A categoría IIIb y IIIc, la prorroga es hasta 31 de diciembre de 2020
-Clase A categoría I, la prorroga es hasta el 31 de enero de 2021.

Con relación a la de vigencia de certificados de salud, la prorroga es hasta el 31 de enero de 2021 para licencias de conducir, cuyos vencimientos se hayan producido desde el 01 de enero de 2020 hasta transcurridos quince (15) días calendario posteriores a la finalización del Estado de Emergencia Nacional debido a la pandemia del COVID - 19.