GOBIERNO REGIONAL DISPONE MEDIDAS OBLIGATORIAS PARA CONTRARRESTAR CONTAGIO DEL CORONAVIRUS EN LAMBAYEQUE
* Contempla acciones de control en centros de abastos, implementación de mercados móviles y desinfección de calles, mercados y vehículos.
Mediante Decreto N° 000008-2020-GR.LAMB/GR, el Gobierno Regional de Lambayeque dispuso una serie de medidas de control y prevención en los centros de abastos, implementación de mercados móviles, pruebas rápidas para personal municipal y adquisición de equipos de desinfección para mercados, calles y vehículos, todo ello orientado a contrarrestar el avance del Coronavirus en el ámbito regional.
La norma rubricada por el gobernador regional, Anselmo Lozano Centurión, contempla el control estricto del aforo máximo permitido en todos los supermercados, mercados, minimercados y terminales pesqueros para evitar el hacinamiento y aglomeración de público.
Asimismo, determinar los accesos de ingreso y salida y la señalización con círculos o líneas demarcatorias de distancia en el piso no menor de 2 metros entre persona y persona, tanto en los exteriores del centro de abastos como en el interior de los mismos, bajo la supervisión del personal de Serenazgo, Policía y Ejército.
Obligatoriamente deberá observarse una distancia de 1.50 metros entre el vendedor y el comprador, incluido en los supermercados, en el caso de éste último, entre el cajero y el comprador, mediante una cinta o señalización de líneas en el piso.
Las municipalidades instalarán lavatorios para el aseo constante de las manos de los comerciantes y los compradores, de acuerdo a la cantidad de vendedores formales con puestos fijos de venta que hubiera en el mercado.
El comerciante, deberá realizar el lavado de manos con abundante agua y jabón (conforme a las normas dispuestas por el MINSA), durante el tiempo de atención al público.
De igual modo, el cliente, deberá hacer lo mismo antes de ingresar al centro de abastos, quedando prohibida la manipulación de los productos a adquirir. Para el cumplimiento de ésta disposición las municipalidades realizarán las acciones que correspondan para proveer la cantidad de agua y jabón necesaria.
Así también se programará la desinfección de todos los mercados municipales, en horario de 5:00 am. a 6:00 am., mediante motopulverizadores que serán proporcionados por el Gobierno Regional Lambayeque, y los insumos correrán a cargo de la municipalidad correspondiente.
En tanto, los supermercados y minimercados realizarán las acciones de desinfección de sus locales comerciales de manera permanente y por cuenta de la empresa propietaria bajo la fiscalización de la Dirección de Salud Ambiental de la GERESA.
Todos los mercados, supermercados. minimercados y terminales pesqueros deberán contar obligatoriamente en la entrada del establecimiento con un recipiente de desinfección conteniendo una esponja humedecida con hipoclorito de sodio, para desinfección del calzado del público usuario.
También se implementará en forma permanente (de ser posible, en forma diaria) la desinfección de las avenidas, calles y otros, en el ámbito de la competencia municipal provincial o distrital.
Se dispondrá el uso obligatorio por parte de los comerciantes en los mercados, supermercados, minimercados y terminales pesqueros, así como del público en general, de las mascarillas de tres pliegues, preferentemente las mascarillas N°95, así como de guantes.
Se establecerá horarios para la circulación de los vehículos que transportan productos agrícolas a los mercados mayoristas, así como aquellos que transportan productos fertilizantes y otros para el sector agrícola.
De igual modo, se dispondrá la desinfección permanente de todos los vehículos pertenecientes a la Policía Nacional, Ejército, Ministerio Público, Ministerio de Salud, Gobierno Regional y otros, destinados a las acciones de prevención y control de la pandemia, dicha tarea estará a cargo del GORE Lambayeque.
Se precisó que el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente decreto por los comerciantes y público en general, deberá ser objeto de multas y sanciones impuestas por cada municipalidad, las que se encargarán de la reglamentación respectiva de acuerdo a sus atribuciones.
MERCADOS MÓVILES.
Con la finalidad de evitar el hacimiento en los mercados, las municipalidades del ámbito regional, dispondrán la implementación por cuadrantes de Mercados Móviles, con las medidas de seguridad y limpieza, en el horario de 5:00 am. a 12:00 m., para facilitar a la población la venta directa de productos considerados de primera necesidad; dicha venta se llevará a cabo a través de camión de verduras, camión de frutas, camión de carnes, camión de legumbres, camión de pescados y otros.
El Mercado Móvil llegará a las puertas de las casas para la adquisición de los productos necesarios y así evitar la salida de los ciudadanos a centros más concurridos para que se cumpla la cuarentena establecida por el Gobierno Nacional.
Las unidades vehiculares que harán el servicio de Mercado Móvil en los cuadrantes respectivos, obligatoriamente pasarán por un protocolo de desinfección a cargo de las municipalidades supervisadas por la GERESA. De igual modo, el personal que labore en este servicio deberá encontrarse en buen estado de salud y haber arrojado negativo en la prueba molecular de diagnóstico de COVID-19.
PRUEBAS RÁPIDAS
Mediante esta norma, se dispuso además que la Gerencia Regional de Salud, se encargue de comprar o gestionar el abastecimiento de pruebas de diagnóstico moleculares de COVID-19, para el personal municipal encargado del recojo de residuos sólidos, serenazgo y policía municipal, debiendo los gobiernos locales priorizar la adquisición de equipos de protección para los mismos.
ADQUISICIÓN DE INSUMOS
Asimismo, a través de esta misma norma, se dispuso la adquisición de material e insumos de prevención para todo el personal de Salud que se encuentra en los hospitales a cargo de las acciones directas contra el Coronavirus, como son médicos, enfermeras y administrativos.
Para el efecto, la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, realizará las modificaciones presupuestales necesarias para la adquisición de motopulverizadores de acuerdo al cálculo que se realice para la desinfección de mercados y calles.
(foto referencial tomado de la Web)



