PLAZO PARA PRESENTAR IGAFOM VENCE EL 31 DE MARZO

La Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lambayeque, informa al público que el plazo máximo para presentar el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) a fin de lograr la legalidad de su actividad económica, es hasta el 31 de marzo del 2020, esto aplica para los inscritos en amparo al Decreto Supremo N° 018-2017.
Por otro lado se les comunica a los mineros inscritos y por inscribirse en el Decreto Supremo N° 01-2020, tienen el plazo de 90 días hábiles contando a partir de la fecha de inscripción, caso contrario llevará a la exclusión del REINFO.

Para tal efecto, los interesados tienen dos modalidades de regularización: Descargar el formato desde la página web del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) o acceder al formulario de manera virtual en el EXTRANET de la página web del MINEM.

Una vez completado los formatos, el solicitante debe imprimirlos y presentarlos ante la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas de Lambayeque.

En caso de incumplimiento, los mineros en proceso de formalización serán causales de exclusión, dado que hasta el momento se viene dando las facilidades a las personas que se dedican a la actividad minera.

Cabe mencionar que el IGAFOM contempla dos aspectos:
Correctivo: Donde se declara la actividad que se realizó y/o se está realizando y sus medidas correctivas.
Preventivo: Contempla la continuidad y/o proyección de la actividad minera y sus medidas preventivas.

PLAZO PARA PRESENTAR IGAFOM VENCE EL 31 DE MARZO

La Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lambayeque, informa al público que el plazo máximo para presentar el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) a fin de lograr la legalidad de su actividad económica, es hasta el 31 de marzo del 2020, esto aplica para los inscritos en amparo al Decreto Supremo N° 018-2017.
Por otro lado se les comunica a los mineros inscritos y por inscribirse en el Decreto Supremo N° 01-2020, tienen el plazo de 90 días hábiles contando a partir de la fecha de inscripción, caso contrario llevará a la exclusión del REINFO.

Para tal efecto, los interesados tienen dos modalidades de regularización: Descargar el formato desde la página web del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) o acceder al formulario de manera virtual en el EXTRANET de la página web del MINEM.

Una vez completado los formatos, el solicitante debe imprimirlos y presentarlos ante la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas de Lambayeque.

En caso de incumplimiento, los mineros en proceso de formalización serán causales de exclusión, dado que hasta el momento se viene dando las facilidades a las personas que se dedican a la actividad minera.

Cabe mencionar que el IGAFOM contempla dos aspectos:
Correctivo: Donde se declara la actividad que se realizó y/o se está realizando y sus medidas correctivas.
Preventivo: Contempla la continuidad y/o proyección de la actividad minera y sus medidas preventivas.