AMPLÍAN A 17 LOS DELITOS POR LOS QUE DOCENTES PODRÁN SER SEPARADOS

El Gobierno aumentó de cuatro a 17 los delitos por los que un docente con sentencia condenatoria será inhabilitado para ingresar o reingresar a prestar servicios en cualquier instancia del sistema educativo nacional, sea en colegios, institutos, universidades públicas o privadas, escuelas de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, y escuelas de educación superior.

Como se sabe, la ley n.° 29988 disponía la inhabilitación definitiva de los docentes condenados por cuatro delitos: violación sexual, terrorismo, apología al terrorismo y tráfico de drogas.

Ahora, con el Decreto de Urgencia N° 019-2019 publicado en El Peruano, se modificó dicha ley y se amplió a otros 13 delitos como trata de personas, explotación sexual, esclavitud, homicidio doloso, parricidio, feminicidio, sicariato, secuestro, extorsión contra la humanidad (genocidio, desaparición forzada, tortura) y violación de la intimidad mediante la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual.

Asimismo, incluye el proxenetismo, la pornografía infantil, proposiciones indecentes a niños y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos. Estos delitos no estaban contemplados como causales de separación definitiva de malos docentes y administrativos.

Daniel Anavitarte Santillana, jefe de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Ministerio de Educación (Minedu), recordó que desde el 2017 se han destituido a más de mil docentes por los cuatro delitos contemplados en la Ley N° 29988. De dicha cifra, 740 docentes tenían condenas por violencia sexual.

¿Cuántas alumnos han sufrido violación sexual? "Desde el 2013 tenemos el sistema Síseve y venimos registrando violencia escolar, de eso tenemos más de 32 mil casos de violencia escolar. De esa cifra, 5 mil son casos de violencia sexual (violencia, acoso, violencia a la intimidad, etc)", refirió.

El DU 019, en su artículo 3, obliga al Poder Judicial a comunicar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) quiénes son las docentes o administrativos condenados por estos 17 delitos. Esto con el fin de asegurar su inhabilitación en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.

?El decreto de urgencia en su artículo 2 menciona que si hay un docente que tiene una denuncia presentada ante la PNP o Ministerio Público o tiene un proceso judicial en marcha por alguno de estos 17 delitos, debe ser separado preventivamente de la escuela, instituto o universidad?, dijo Anavitarte.

La reglamentación del decreto de urgencia estará lista en 45 días. Una vez que el Minedu tenga la lista, se cruzará información con el Poder Judicial para que se proceda con la medida dispuesta.

COMUNICACIONES GRED LAMBAYEQUE/RR.PP./DASV

AMPLÍAN A 17 LOS DELITOS POR LOS QUE DOCENTES PODRÁN SER SEPARADOS

El Gobierno aumentó de cuatro a 17 los delitos por los que un docente con sentencia condenatoria será inhabilitado para ingresar o reingresar a prestar servicios en cualquier instancia del sistema educativo nacional, sea en colegios, institutos, universidades públicas o privadas, escuelas de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, y escuelas de educación superior.

Como se sabe, la ley n.° 29988 disponía la inhabilitación definitiva de los docentes condenados por cuatro delitos: violación sexual, terrorismo, apología al terrorismo y tráfico de drogas.

Ahora, con el Decreto de Urgencia N° 019-2019 publicado en El Peruano, se modificó dicha ley y se amplió a otros 13 delitos como trata de personas, explotación sexual, esclavitud, homicidio doloso, parricidio, feminicidio, sicariato, secuestro, extorsión contra la humanidad (genocidio, desaparición forzada, tortura) y violación de la intimidad mediante la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual.

Asimismo, incluye el proxenetismo, la pornografía infantil, proposiciones indecentes a niños y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos. Estos delitos no estaban contemplados como causales de separación definitiva de malos docentes y administrativos.

Daniel Anavitarte Santillana, jefe de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Ministerio de Educación (Minedu), recordó que desde el 2017 se han destituido a más de mil docentes por los cuatro delitos contemplados en la Ley N° 29988. De dicha cifra, 740 docentes tenían condenas por violencia sexual.

¿Cuántas alumnos han sufrido violación sexual? "Desde el 2013 tenemos el sistema Síseve y venimos registrando violencia escolar, de eso tenemos más de 32 mil casos de violencia escolar. De esa cifra, 5 mil son casos de violencia sexual (violencia, acoso, violencia a la intimidad, etc)", refirió.

El DU 019, en su artículo 3, obliga al Poder Judicial a comunicar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) quiénes son las docentes o administrativos condenados por estos 17 delitos. Esto con el fin de asegurar su inhabilitación en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.

?El decreto de urgencia en su artículo 2 menciona que si hay un docente que tiene una denuncia presentada ante la PNP o Ministerio Público o tiene un proceso judicial en marcha por alguno de estos 17 delitos, debe ser separado preventivamente de la escuela, instituto o universidad?, dijo Anavitarte.

La reglamentación del decreto de urgencia estará lista en 45 días. Una vez que el Minedu tenga la lista, se cruzará información con el Poder Judicial para que se proceda con la medida dispuesta.

COMUNICACIONES GRED LAMBAYEQUE/RR.PP./DASV