GERENCIA DE RECURSOS NATURALES RECOMIENDA ACATAR LEY QUE PROHÍBE PLÁSTICO DE UN SOLO USO

La Gerencia Regional de Recursos Naturales del Gobierno Regional de Lambayeque recordó que desde el 20 de abril del año en curso se encuentra en rigor la aplicación de la Ley No. 30884, que prohíbe la adquisición y comercialización de plástico de un solo uso.

La citada ley rige para las áreas naturales protegidas, áreas declaradas patrimonio cultural o patrimonio natural de la humanidad, museos, playas del litoral y de la Amazonía Peruana, así como las entidades de la administración estatal previstas en el artículo 1 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

La gerente regional de Recursos Naturales, Ing. Teodolinda Aurora Pizarro Pizarro, enfatizó que el Gobierno Regional de Lambayeque, con todas sus dependencias, órganos y unidades orgánicas que la constituyen, están obligadas a cumplir tal disposición.

Precisó que la Ley No. 30884 que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables fue publicada el 19 de diciembre del 2018.

De acuerdo a lo normado, a los 120 días de su entrada en vigencia, se prohíbe la adquisición, uso o comercialización, según corresponda, de bolsas de base polimérica; sorbetes de base polimérica tales como pajitas, pitillos, popotes, cañitas; y recipientes o envases de poliestireno expandido para bebidas y alimentos de consumo humano.

En dicho contexto, la funcionaria regional de acuerdo a su función regulada en el ROF del Gobierno Regional de Lambayeque, recomendó a los colaboradores, unidades orgánicas o áreas funcionales implementar dicha disposición.

GERENCIA DE RECURSOS NATURALES RECOMIENDA ACATAR LEY QUE PROHÍBE PLÁSTICO DE UN SOLO USO

La Gerencia Regional de Recursos Naturales del Gobierno Regional de Lambayeque recordó que desde el 20 de abril del año en curso se encuentra en rigor la aplicación de la Ley No. 30884, que prohíbe la adquisición y comercialización de plástico de un solo uso.

La citada ley rige para las áreas naturales protegidas, áreas declaradas patrimonio cultural o patrimonio natural de la humanidad, museos, playas del litoral y de la Amazonía Peruana, así como las entidades de la administración estatal previstas en el artículo 1 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

La gerente regional de Recursos Naturales, Ing. Teodolinda Aurora Pizarro Pizarro, enfatizó que el Gobierno Regional de Lambayeque, con todas sus dependencias, órganos y unidades orgánicas que la constituyen, están obligadas a cumplir tal disposición.

Precisó que la Ley No. 30884 que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables fue publicada el 19 de diciembre del 2018.

De acuerdo a lo normado, a los 120 días de su entrada en vigencia, se prohíbe la adquisición, uso o comercialización, según corresponda, de bolsas de base polimérica; sorbetes de base polimérica tales como pajitas, pitillos, popotes, cañitas; y recipientes o envases de poliestireno expandido para bebidas y alimentos de consumo humano.

En dicho contexto, la funcionaria regional de acuerdo a su función regulada en el ROF del Gobierno Regional de Lambayeque, recomendó a los colaboradores, unidades orgánicas o áreas funcionales implementar dicha disposición.