MINERÍA SÍ BRINDA RECURSOS A DISTRITOS MÁS POBRES DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE

Foto: lamula.pe

Bajo el marco de la Resolución de Presidencia N° 102-2017-INGEMMET/PCD; el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, asignó montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de junio del año 2017, para ser distribuidos a los diferentes gobierno regionales y locales del país.

La cantidad recaudada asciende a un total de US$ 42, 978,229.62 (Cuarenta y dos millones novecientos setenta y ocho mil doscientos veintinueve y 62/100 dólares) y en soles un total de S/2, 581,094.76 (Dos millones quinientos ochenta y un mil noventa y cuatro 76/100 soles)

Al Gobierno Regional de Lambayeque sólo se le fue asignado un total de US$ 612.00 (Seiscientos doce 00/100 dólares); mientras que algunas municipalidades percibieron grandes sumas; tal es el caso de la Municipalidad de Cañaris (US$ 100, 888.87); Incahuasi (US$ 59, 550.00); Olmos (US$ 329, 261.63); Mórrope (US$ 176, 663.57) entre otros distritos, a quienes se les asignó montos menores.

Cabe destacar que según datos estadísticos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), distritos como Incahuasi, Cañaris, Olmos y Mórrope aún se mantienen en un nivel de pobreza extrema, pese a percibir fuertes sumas de dinero para ser invertidos en sus respectivos distritos.

Estas asignaciones presupuestales se dan bajo el marco de la Ley General de Minería la cual establece que los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, constituyen recursos directamente recaudados, estableciendo porcentajes para la distribución entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas.

Dato:
El Derecho de Vigencia es el monto que debe pagarse anualmente para mantener la vigencia de los derechos mineros; mientras que la penalidad, es el monto que debe pagarse entre el primer día hábil del mes de enero al 30 de junio, resultante del incumplimiento de la obligación de producción minera.

MINERÍA SÍ BRINDA RECURSOS A DISTRITOS MÁS POBRES DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE

Foto: lamula.pe

Bajo el marco de la Resolución de Presidencia N° 102-2017-INGEMMET/PCD; el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, asignó montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de junio del año 2017, para ser distribuidos a los diferentes gobierno regionales y locales del país.

La cantidad recaudada asciende a un total de US$ 42, 978,229.62 (Cuarenta y dos millones novecientos setenta y ocho mil doscientos veintinueve y 62/100 dólares) y en soles un total de S/2, 581,094.76 (Dos millones quinientos ochenta y un mil noventa y cuatro 76/100 soles)

Al Gobierno Regional de Lambayeque sólo se le fue asignado un total de US$ 612.00 (Seiscientos doce 00/100 dólares); mientras que algunas municipalidades percibieron grandes sumas; tal es el caso de la Municipalidad de Cañaris (US$ 100, 888.87); Incahuasi (US$ 59, 550.00); Olmos (US$ 329, 261.63); Mórrope (US$ 176, 663.57) entre otros distritos, a quienes se les asignó montos menores.

Cabe destacar que según datos estadísticos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), distritos como Incahuasi, Cañaris, Olmos y Mórrope aún se mantienen en un nivel de pobreza extrema, pese a percibir fuertes sumas de dinero para ser invertidos en sus respectivos distritos.

Estas asignaciones presupuestales se dan bajo el marco de la Ley General de Minería la cual establece que los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, constituyen recursos directamente recaudados, estableciendo porcentajes para la distribución entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas.

Dato:
El Derecho de Vigencia es el monto que debe pagarse anualmente para mantener la vigencia de los derechos mineros; mientras que la penalidad, es el monto que debe pagarse entre el primer día hábil del mes de enero al 30 de junio, resultante del incumplimiento de la obligación de producción minera.