Según Decreto Legislativo 1327, publicado en el diario oficial
LEY SANCIONARÁ DENUNCIAS HECHAS CON MALA FE Y HABRÁ PROTECCIÓN PARA EL DENUNCIANTE SOBRE CASOS DE CORRUPCIÓN
Con el objetivo de establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; el gobierno central publico el Decreto Legislativo 1327.
La ley establece claramente que un acto de corrupción es la conducta o hecho que da cuenta del abuso del poder público de parte de un servidor civil que lo ostente, con el propósito de obtener para sí o para terceros un beneficio indebido, de no existir medios probatorios y pese a ello, se realiza una denuncia, esta se califica de mala fe y por tanto el responsable podrá recibir una sanción severa.
El jefe de la Oficina Regional de Transparencia, Elías Pinglo Risco, señaló que la publicación de la ley 1327 pone las cosas en su lugar , por que define de manera muy clara, que es un acto de corrupción y que es una falta administrativa.
Pinglo Risco indicó que debe primar la responsabilidad y transparencia al momento de hacer cualquier tipo de denuncia, "Por ello, en concordancia con la ley, venimos aplicando el sistema de control interno, que es un logro importante en materia de la transparencia y correcta gestión institucional, la actual gestión regional así lo ha entendido y vamos por el camino adecuado".
La ley 1327 identifica las "Denuncias con mala fe" aquellas que son reiteradas o carentes de fundamento o falsas; de igual manera precisa que las denuncias por actos de corrupción se pueden hacer de manera virtual o anónimas, pero tendrán un período de comprobación luego de ello, si los hechos son falsos se procederá a su inmediato archivo, si por el contrario los hechos son reales, se profundizarán las investigaciones en la instancia pertinente.
"Cuando a nuestra oficina llega algún tipo de denuncia por presuntos actos de corrupción, la trasladamos a la secretaria técnica para que ellos definan si hay o no infracción administrativa; pero si el caso tuviera una responsabilidad penal, el procurador regional realiza la denuncia a las instancias correspondientes, Ministerio Público, Poder Judicial o Contraloría" explicó Pinglo Risco.
"Por nuestra parte, insistimos en las capacitaciones a los trabajadores para mitigar los errores administrativos, de esa forma generamos una política de prevención, que resulta muy importante para una correcta función pública" concluyó.
Finalmente la ley 1327 aclara que la denuncia presentada por un postor o contratista no puede perjudicar su posición como postor en el proceso de contratación en el que participa o su posición en la relación contractual establecida con la entidad, es decir que la interposición de una denuncia no servirá en ningún caso para paralizar un proceso de contratación con el estado.



