DECLARAN EN ESTADO DE EMERGENCIA A LAMBAYEQUE, TUMBES, PIURA Y UCAYALI

Mediante decreto supremo Nº 016-2008-PCM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ejecutivo declaró en estado de emergencia a los departamentos de Lambayeque, Piura, Tumbes y Ucayali, por las intensas precipitaciones pluviales que vienen afectando a la población, áreas de cultivo, centros educativos, establecimientos de salud, viviendas y algunas vías de comunicación.
La medida adoptada por Desastres naturales, será por un período de 60 días calendarios para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas.
El segundo artículo del referido decreto, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, los ministerios de Salud, Agricultura, Transportes, Educación, Vivienda, de la Mujer y Desarrollo Social y demás instituciones de organismos del Estado, dentro de su competencia, implementarán las acciones respectivas para atender a los damnificados de manera adecuada, así como la ejecución de labores de rehabilitación de los lugares perjudicados.
El decreto supremo Nº 016, fue refrendado por el presidente de la República, Alan García Pérez; el presidente del Consejo de Ministros, Jorge del Castillo; y los titulares de los ministerios de Economía, Agricultura, Transportes, Vivienda, Educación, de la Mujer y Desarrollo Social y Salud.
Como se recuerda, las lluvias en la región Lambayeque, vienen ocasionando el desborde de los ríos, aislamiento de varios pueblos, restricción de las vías de comunicación y la pérdida de miles de hectáreas de cultivo.

DECLARAN EN ESTADO DE EMERGENCIA A LAMBAYEQUE, TUMBES, PIURA Y UCAYALI

Mediante decreto supremo Nº 016-2008-PCM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, el Ejecutivo declaró en estado de emergencia a los departamentos de Lambayeque, Piura, Tumbes y Ucayali, por las intensas precipitaciones pluviales que vienen afectando a la población, áreas de cultivo, centros educativos, establecimientos de salud, viviendas y algunas vías de comunicación.
La medida adoptada por Desastres naturales, será por un período de 60 días calendarios para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas.
El segundo artículo del referido decreto, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, los ministerios de Salud, Agricultura, Transportes, Educación, Vivienda, de la Mujer y Desarrollo Social y demás instituciones de organismos del Estado, dentro de su competencia, implementarán las acciones respectivas para atender a los damnificados de manera adecuada, así como la ejecución de labores de rehabilitación de los lugares perjudicados.
El decreto supremo Nº 016, fue refrendado por el presidente de la República, Alan García Pérez; el presidente del Consejo de Ministros, Jorge del Castillo; y los titulares de los ministerios de Economía, Agricultura, Transportes, Vivienda, Educación, de la Mujer y Desarrollo Social y Salud.
Como se recuerda, las lluvias en la región Lambayeque, vienen ocasionando el desborde de los ríos, aislamiento de varios pueblos, restricción de las vías de comunicación y la pérdida de miles de hectáreas de cultivo.