EXIGIBILIDAD DE CERTIFICADO DE OPERATIVIDAD PARA VEHICULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque a cargo de la Ingeniera Maria Esther Estrada de Silva, informó que mediante Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, La Dirección Regional Sectorial encargada de la circulación terrestre, realizará el control del Certificado de Operatividad de transporte de mercancías a partir del 01 de diciembre del 2007 y que de acuerdo a Cronograma de exigibilidad de Certificado de Operatividad para vehículos de Transporte de Mercancías a partir del 01 de Octubre 2007 se dio inicio para los vehículos cuyos últimos números de placa de rodaje termine en 0 y 1, del mismo modo el 01 de Noviembre para las placas de rodaje que termine en 2 y 3; A partir del 01 de Diciembre 2007 para los vehículos cuyas placas de rodaje terminen en 4 y 5; A partir del 01 de Enero 2008, para los vehículos cuyos números de placa de rodaje termine en 6 y 7 y a partir del 01 de febrero 2008, para los vehículos cuyo último número de placa de rodaje termine en 8 y 9.

La mencionada funcionaria declaró que se verificará a los vehículos de transporte de mercancías que circulen por la red vial nacional que hayan pasado la inspección técnica básica anual, a efectos de

EXIGIBILIDAD DE CERTIFICADO DE OPERATIVIDAD PARA VEHICULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque a cargo de la Ingeniera Maria Esther Estrada de Silva, informó que mediante Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, La Dirección Regional Sectorial encargada de la circulación terrestre, realizará el control del Certificado de Operatividad de transporte de mercancías a partir del 01 de diciembre del 2007 y que de acuerdo a Cronograma de exigibilidad de Certificado de Operatividad para vehículos de Transporte de Mercancías a partir del 01 de Octubre 2007 se dio inicio para los vehículos cuyos últimos números de placa de rodaje termine en 0 y 1, del mismo modo el 01 de Noviembre para las placas de rodaje que termine en 2 y 3; A partir del 01 de Diciembre 2007 para los vehículos cuyas placas de rodaje terminen en 4 y 5; A partir del 01 de Enero 2008, para los vehículos cuyos números de placa de rodaje termine en 6 y 7 y a partir del 01 de febrero 2008, para los vehículos cuyo último número de placa de rodaje termine en 8 y 9.

La mencionada funcionaria declaró que se verificará a los vehículos de transporte de mercancías que circulen por la red vial nacional que hayan pasado la inspección técnica básica anual, a efectos de