DISPONEN MONITOREO PERMANENTE EN CUENCA CHANCAY PARA EVITAR CONTAMINACIÓN
Para prevenir toda posibilidad de contaminación por la actividad minera que se desarrolla en Cajamarca, el Consejo Regional de Lambayeque aprobó dos ordenanzas regionales que disponen el monitoreo permanente de la cuenca hidrográfica del río Chancay y sus afluentes, para garantizar la calidad del recurso hídrico que abastece a la agricultura, ganadería, consumo humano e industrial.
Esta decisión del Pleno Regional se da a raíz de las resoluciones N° 089 y 090 de la Autoridad Nacional del Agua-ANA, que autorizan el vertimiento de aguas residuales industriales tratadas de la minera La Zanja a las quebradas La Pampa y El Cedro en Cajamarca, las cuales son tributarias del río Chancay, lo que constituye en riesgo para Lambayeque, mas aún si no hay garantías de que no exista contaminación por dicha actividad.
Las propuestas fueron presentadas y sustentadas por el consejero delegado, Oscar Zeña Santamaría. Las ordenanzas recibieron el respaldo de la mayoría del Pleno, a excepción del consejero Andrés Palma Gordillo.
La primera Ordenanza Regional dispone que el Consejo de Gestión de los Recursos Hídricos de la Cuenca Chancay Lambayeque incluya en su plan de trabajo actividades de vigilancia, supervisión, monitoreo y fiscalización con una frecuencia no menor de tres veces por año.
Además, recomienda que dicho Consejo en coordinación con la Autoridad Nacional y Local del Agua, adicione dos estaciones de monitoreo en el curso del río Lambayeque, las mismas que se ubicarían en la Estación Santeño, punto de captación de aguas que son conducidas hasta las lagunas Boro I y Boro II, así como en el Partidor Chescope, donde se realiza la distribución para el uso agrario del sector Chiclayo y Lambayeque.
En otro artículo, el Consejo Regional de Lambayeque dispone que los resultados de todos los monitoreos sean inmediatamente elevados a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, a la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Gerencia de Salud, y a la Gerencia Regional de Agricultura, a fin de que se adopten las medidas correspondientes.
Las resoluciones de ANA son autoritarias y disponen que sea la propia minera la que se encargue de realizar el control de la calidad del efluente tratado vertido a las quebradas que alimentan el río Chancay. Este monitoreo debe efectuarse desde el Consejo de Recursos Hídricos de Lambayeque, explicó Zeña Santamaría.
El fiscalizador indicó que es una ordenanza con rango de ley y deberá cumplirse. No es posible que la Autoridad Nacional del Agua de disposiciones sin conocer las consecuencias que generaría, cuando no se ha determinado con firmeza que la actividad minera La Zanja no contamina.
*Solicitan suspensión de resoluciones
En otro momento, el consejero Oscar Zeña sustentó la ordenanza que solicita a la Autoridad Nacional del Agua la categorización de los cuerpos de aguas que no se encuentran registrados en la Resolución N° 202-2010-ANA, compuestos por los ríos Cedro, Pisit, Santa Catalina, Cañad, Cumbil, San Lorenzo, quebradas Colorada, Las Gradas, Azufre, Cirato, entre otras.
El monitoreo se realiza bajo los parámetros establecidos para cada categoría. Si no tiene esta clasificación de los cuerpos de agua basado en los usos que tienen, vano sería aplicar mediciones de calidad, explicó.
En ese sentido, se aprobó recomendar a la ANA, mediante la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, suspenda las autorizaciones emitidas mediante las RDN N° 089 y 090-2012, en tanto no se realice la clasificación correspondiente.
(OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL)



